Instrumento privado
Constará de una transcripción del documento emitido con las firmas del representante legal y secretario de la entidad certificadas por escribano público o ratificadas personalmente en la Inspección General de Justicia ante funcionario o agente autorizado, previo a ordenarse su inscripción.
La certificación notarial debe además acreditar:
- Que lo transcripto es fiel al contenido original obrante en los libros sociales, identificando específicamente éstos e indicando sus datos de rúbrica y los folios de los cuales se han extraído las transcripciones;
- Que el o los firmantes han justificado su personería.