Presidencia de la Nación

Derechos del usuario


DERECHOS DEL USUARIO AEROPORTUARIO(*):

  • Disponer de medios de transporte para su traslado desde y hacia el aeropuerto.
  • Disponer de espacios para el estacionamiento de vehículos.
  • Disponer de carros portaequipajes en correctas condiciones de uso.
  • Acceder a las áreas de uso público y obtener información sobre vuelos.
  • Acceder a adecuadas instalaciones aeroportuarias, que le proporcionen una cómoda estancia hasta su embarque y desde su arribo.
  • Disponer dentro del aeropuerto de un servicio medico de urgencia y primeros auxilios que cumpla con las recomendaciones de la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI).
  • Recibir un trato igualitario, evitando la discriminación de cualquier naturaleza en el uso de los servicios e instalaciones aeroportuarias.
  • Disponer de instalaciones sanitarias en buen estado de funcionamiento e higiene.
  • Contar con todas las medidas necesarias para su seguridad y la de su equipaje.
  • Disponer de medios de contacto accesibles en los aeropuertos y en cada prestador del aeropuerto, a fin de posibilitar la formulación de sugerencias/reclamos y/o agradecimientos que considere pertinente.

(*)Usuarios: Todas aquellas personas físicas o jurídicas que hacen uso de las instalaciones y servicios de los aeropuertos, de acuerdo a lo previsto en Resolución ORSNA N° 96/2001 (REGUFA) "Reglamento General de Uso y Funcionamiento de los Aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA)"

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