Presidencia de la Nación

Seguros


Seguro de vida obligatorio

El seguro de vida obligatorio de todo el personal militar en actividad puede mantenerse en su haber de retiro bajo el código de descuento 177.

El instituto tiene en resguardo la información sobre los beneficiarios de este seguro. La designación de los beneficiarios no se realiza automáticamente, sino que deben ser gestionados por el titular, en este Instituto. Ante una «denuncia de siniestro» presentada ante el Instituto, éste procederá a tramitarlo ante la entidad aseguradora. Ella se comunicará posteriormente con los beneficiarios del seguro para efectuarles el respectivo pago.

Seguro de vida colectivo

El trámite relacionado con este seguro, tanto para adoptarlo como para percibirlo, es ajeno al instituto, salvo el descuento mensual que efectúa por ello. En todos los casos se deberá dirigir a los organismos contables de su respectiva fuerza que son:

Contaduría General del Ejército: Piedras 141 - Capital Federal
Dirección General de Bienestar de la Armada: Gendarmería Nacional 304 - Capital Federal
Dirección General de Contabilidad y Finanzas de la Fuerza Aérea: Av. Pedro Zanni 250 - Capital Federal

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