Las importaciones a consumo de bienes no transformados en el Régimen de Aduana en Factoría (RAF) podrán ser destinadas al mercado de reposición. Tené en cuenta que vas a tener que justificar el cambio de destino ante la Subsecretaría de Industria antes de que se cumpla 1 año desde que importaste las autopartes.
¿A quién está dirigido?
Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales radicados en el país que estén acogidas al Régimen de Aduana en Factoría (RAF).
¿Qué necesito?
Tener CUIT y Clave Fiscal (nivel 2 o superior)
Estar inscripto en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP).
Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP
Estar acogidas al Régimen de Aduana en Factoría (RAF).
Justificar el cambio de destino.
¿Cómo hago?
Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal.
Escribí en el buscador “Régimen de cambio de destino de Autopartes” y adjuntá:
- La información para completar el Formulario de cambio de destino de autopartes
- Copia del Despacho
- Estatuto
- Poder
Una vez completado el trámite, vas a recibir un mensaje en Notificaciones de TAD con el resultado.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito