Presidencia de la Nación

Control residuos regulados


La Resolución 645/2021 aprueba el Programa Nacional de Prevención de Ingreso y Transmisión de Plagas y Enfermedades a través de Residuos Regulados.

El Programa de Residuos Regulados (PRR) tiene como objetivo definir la gestión y responsabilidades propias del Senasa y de cada uno de los actores intervinientes en la gestión, de los residuos regulados desde su generación, clasificación, descarga, transporte y disposición final, con el objetivo de prevenir el ingreso y transmisión de plagas y enfermedades que puedan afectar nuestra producción agropecuaria, el cuidado del medio ambiente y la salud, desarrollando procedimientos y ejercicios de control y supervisión en todo aquel punto de ingreso crítico al territorio de la República Argentina.

También tiene como objeto ejercer y establecer el control zoofitosanitario en barreras sanitarias interiores, respecto de residuos que ingresan o egresan de zonas o regiones de la República Argentina que por su condición zoofitosanitaria y por razones epidemiológicas, exigen la aplicación del presente Programa.

A los fines del PPR se entiende por residuo regulado a los desechos de productos, subproductos y derivados de origen vegetal o animal, resultantes de los ciclos de producción, consumo y comercialización, como así también a los envoltorios, envases primarios y los elementos descartables utilizados para su consumo, excepto aquellos que por el nivel de proceso no tengan riesgo zoofitosanitario.

Comprende los desechos procedentes de medios de transportes internacionales, los residuos alimenticios procedentes de restaurantes, servicios de catering y cocinas. Además, se suman los productos de potencial riesgo zoofitosanitario regulados por el Senasa, productos de las operaciones de importación comercial como así también, todos aquellos originados como consecuencia de controles sanitarios de los viajeros, sus equipajes y medios acompañados procedentes del exterior rechazados o descartados a consecuencia de los controles zoofitosanitarios, respecto de los cuales se debe proceder a su recolección, tratamiento y disposición final. Estableciendo así las figuras de: Colector, Transportista y Tratador.

Quedan exceptuados de la aplicación del presente Programa, los residuos considerados peligrosos por la legislación vigente de la República Argentina.

El Programa Nacional de Residuos, funciona en el ámbito de la Coordinación General de Fronteras y Barreras Sanitarias (CGFyBS) dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones (DNO) del Senasa.

El incumplimiento de lo establecido en el Programa Nacional de Residuos, recibirá las sanciones previstas en el Capítulo VI del Decreto 1585/1996. En caso de constatarse incumplimientos o transgresiones a la presente resolución, el infractor es pasible de las sanciones establecidas en el Capítulo V de la Ley N° 27.233. Sin perjuicio de ello, preventivamente, se pueden adoptar las acciones previstas en la Resolución N° 38 del 3 de febrero de 2012 del entonces Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (Magyp).

Normativa
Resolución 645/2021

Programa Nacional de Residuos Regulados
Para las instancias técnicas y accesos de usuarios externos, se aprueba el Sistema Integrado de Residuos Regulados. El Programa es de aplicación obligatoria en toda terminal de pasajeros o de cargas en los aeropuertos oficiales que recepcionan vuelos internacionales regulares como así también, en aquellas estaciones aéreas comerciales y de aviación general que registren vuelos internacionales no regulares.


Programa Nacional de Residuos Regulados
Paseo Colón 367, piso 7° frente, C1063ACE, CABA.
Teléfono: (+54 - 11) 4121-5000 interno 5426
Correo electrónico: cpnrr@senasa.gob.ar
Horario: de lunes a viernes de 8 a 16 hs
Ante cualquier duda comunicarse con el centro regional correspondiente para contactar al referente del Programa Residuos Regulados.

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