Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES


ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 564-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/12/2017

VISTO el Expediente EX-2017-05658616-APN-DGA#APNAC del registro de ésta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351, y 27.341, los Decretos Nros. 1.455 de fecha 3 de septiembre de 1987 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 12 de fecha 12 de enero de 2017, 284 de fecha 05 de mayo de 2017, 953 de fecha 27 de octubre de 2017, la RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, la RESFC-2017-16-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2017.

Que conforme la Decisión Administrativa Nº 284 de fecha 05 de mayo de 2017, se distribuyeron los cargos ocupados y horas cátedra entre las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 953 de fecha 27 de octubre de 2017, se actualizaron al 30 de abril de 2017, los Anexos I (IF-2017-22541350-APN-SECEP#MM), Anexo II (IF-2017-22541395-APN-SECEP#MM), Anexo III (IF-2017-16170109-APN-SECEP#MM), Anexo IV, (IF-2017-16170713-APN-SECEP#MM) a Anexo V (IF-2017-22541427-APN-SECEP#MM) de la Decisión Administrativa Nº 284 de fecha 5 de mayo de 2017.

Que conforme el IF-2017-27711088-APN-SECEP#MM de fecha 9 de noviembre de 2017 se informa que la Decisión Administrativa citada en el Considerando precedente, optimizó los criterios de la Decisión Administrativa Nº 284 de fecha 05 de mayo de 2017, por lo que se exceptúa a ésta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES del dictado de una Decisión Administrativa para el descongelamiento de vacantes (Anexo I, página 39).

Que de acuerdo a lo indicado en el Artículo 44 del Anexo IV al Decreto Nº 1.455/1987, mediante la RESFC-2016-382-E-APN-D-APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, se aprobó el nuevo “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30 del REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, mediante la RESFC-2017-16-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017 se aprobó la Currícula Teórico-Práctica (Plan de Estudios) correspondiente a la ETAPA 6 del referido Reglamento de Selección, denominada CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUE ASISTENTE DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, cuyas actuaciones recayeran en el Expediente Nº 4853/2016.

Que resulta necesario dar inicio al proceso de Selección para el CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUE ASISTENTE - Promoción XXIX, con el objeto de seleccionar postulantes para ocupar TREINTA Y CINCO (35) cargos.

Que en consecuencia, corresponde efectuar la convocatoria y el llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de los TREINTA Y CINCO (35) cargos vacantes disponibles.

Que conforme el Artículo 6° del precitado Reglamento de Selección, para dar inicio a este proceso corresponde a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES designar a los integrantes del Comité de Selección y aprobar los requisitos y condiciones de inscripción, el cronograma de las etapas a cumplir y el plan de estudios del CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUE ASISTENTE.

Que las bases de esta convocatoria reúnen las características de claridad y precisión que permiten identificar el puesto de trabajo o función. Agrupamiento, obligaciones laborales establecidas en los Decretos Nros. 1.455/1987, 56/2006 y sus modificatorias y/o complementarias, las etapas de evaluación y el cronograma tentativo de implementación.

Que en tal sentido y conforme lo dispuesto en la Resolucion RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016 en su Artículo 5° la convocatoria y el llamado a inscripción debe ser publicado por UN (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, en la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y en la Carteleras disponibles en cada una de las sedes de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha designado su representante en el Comité de Selección de acuerdo a lo previsto en el Artículo 8° del REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES.

Que han tomado intervención las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso i) y v), de la Ley Nº 22.351.

Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convócase al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de CUARENTA Y UN (41) cargos vacantes y financiados de la categoría GUARDAPARQUE ASISTENTE del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES.

(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 6/2018 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 30/1/2018)

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los requisitos exigidos (excluyentes y deseables) para ser admitidos conforme el Perfil Funcional General y Perfil Técnico Profesional del Guardaparque Asistente (G-2) y los formularios de inscripción, de aptitudes psicofísicas y de declaraciones juradas, el cronograma del proceso de selección con la descripción de las etapas y las evaluaciones teóricas y prácticas de conformidad con el Artículo 22 de la Resolución RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016 que obran como Anexos IF-2017-32947417-APN-DCYD#APNAC, IF-2017-32948049-APN-DCYD#APNAC, IF-2017-32948635-APN-DCYD#APNAC, IF-2017-32949322-APN-DCYD#APNAC y el IF-2017-35524801-APN-DCYD#APNAC de la presente.

(Artículo rectificado por art. 1° de la Resolución N° 21/2017 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 2/1/2018)

ARTÍCULO 3°.- Fíjase como período de preinscripción electrónica desde el día 17 de enero de 2018 hasta el día 30 de enero de 2018 a las 12:00 horas.

(Artículo rectificado por art. 2° de la Resolución N° 21/2017 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 2/1/2018)

ARTÍCULO 4°.- Fíjase como período de inscripción documental desde el día 17 de enero 2018 hasta el día 30 de enero de 2018 a las 15:00 horas.

(Artículo rectificado por art. 3° de la Resolución N° 21/2017 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 2/1/2018)

ARTÍCULO 5º.- Establécese como lugar de inscripción, asesoramiento y comunicación de información adicional, la Coordinación de Capacitación, de la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera, sita en Bungalow 51 UTE C.C. N° 6 Embalse, Provincia de Córdoba, en el horario comprendido entre las 09:00 hs. y las 15:00 hs. Asimismo, dicha información estará disponible en la página WEB de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES www.parquesnacionales.gob.ar. Remítase para su publicación en la Cartelera Pública Central de Ofertas de Empleo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a las carteleras disponibles bajo cualquier formato en cada una de las sedes de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 6°.- Desígnanse a los integrantes del Comité de Selección y al Secretario Técnico que figuran en el Anexo IF-2017-32950382-APN-DCYD#APNAC de la presente, de acuerdo a lo previsto en los Artículos 8° y 10 del Reglamento aprobado por la RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, cuyos antecedentes laborales y de formación se encontrarán disponibles en la página Web de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 7°.- Invítase a la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para que designen a sus veedores en los términos de los Artículos 4° y 18 del Reglamento aprobado por la Resolución ut supra.

ARTÍCULO 8º.- Apruébase el Reglamento interno del CURSO PARA GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES – PROMOCIÓN XXIX, el cual obra como ANEXO IF-2017-32951435-APN-DCYD#APNAC de la presente.

ARTÍCULO 9°.- Establécese que la Síntesis de los Antecedentes de Formación y Laborales, la “Guía para la presentación de la documentación”, la bibliografía para la evaluación de conocimientos teóricos, la Currícula Tórico-Práctica (Plan de Estudios) y toda información de relevancia para los aspirantes, será publicada en la Página WEB oficial del Organismo www.parquesnacionales.gob.ar.

ARTÍCULO 10.- Tomen conocimiento todas las dependencias del Organismo. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones, notifíquese en legal forma a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección General de Recursos Humanos a sus efectos.

ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Roberto María Brea, Vocal. — Pablo Federico Galli Villafañe, Vocal. — Gerardo Sergio Bianchi, Vocal. — Emiliano Ezcurra Estrada, Vicepresidente.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 27/12/2017 N° 100976/17 v. 27/12/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII)

(Anexo VI rectificado por art. 2° de la Resolución N° 6/2018 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 30/1/2018)

(Anexo VII rectificado por art. 1° de la Resolución N° 81/2019 de la Administración de Parques Nacionales B.O. 11/03/2019)
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