MINISTERIO DE ECONOMIA
RESOLUCION 975/2012 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
01-Nov-2024
Resumen:
SUSTITUYESE EL ARTICULO 5° DE LA RESOLUCION 975 DEL 19 DE DICIEMBRE DE 2012 DEL ENTONCES MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Y SUS MODIFICATORIOS, POR EL SIGUIENTE: “ARTICULO 5°.- ESTABLECESE QUE LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PUBLICO POR AUTOMOTOR Y FERROVIARIO QUE POSEAN TARJETAS DEL SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) Y QUE PERTENEZCAN A LOS GRUPOS DE AFINIDAD O ATRIBUTOS SOCIALES QUE SEGUIDAMENTE SE MENCIONAN, ABONARAN LOS MONTOS ESTABLECIDOS PARA LAS TARIFAS CON ATRIBUTO SOCIAL.