Resolución 217 / 2001
SECRETARIA DE ENERGIA Y MINERIA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
---|---|---|
Normativa / Número
Resolución 309 / 2002
SECRETARIA DE ENERGIA |
Fecha publicación 19-Jul-2002 |
Descripción
REF. LEY 25565, ART. 74 INCS. A), B) Y C) - MONTONORMAS PARA DETERMINAR EL MONTO Y LOS PLAZOS DE PERCEPCION DE LAS TASAS ESTABLECIDAS EN LOS INCISOS A), B) Y C) DEL ARTICULO 74 DE LA LEY NRO. 25.565. TASA DE CONTROL DEL FRACCIONAMIENTO DE GAS LICUADO DE PETROLEO. TASA DE CONTROL DE CALIDAD DE LOS COMBUSTIBLES. TASA DE CONTROL DEL TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS Y DERIVADOS. (NOTA: ABROGADA POR ART. 1 DE LA RES. SE 77/02 - BO 26/9/02).-
|
Normativa / Número
Resolución 77 / 2002
SECRETARIA DE ENERGIA |
Fecha publicación 26-Sep-2002 |
Descripción
REF.: RES. 309/02 Y 408/02 / L. 25565, ART. 74DEROGANSE LAS RESOLUCIONES NROS. 309/2002 Y 408/2002 Y APRUEBANSE LAS NORMAS PARA LA DETERMINACION DEL MONTO Y LOS PLAZOS DE PERCEPCION DE LAS TASAS A QUE SE REFIEREN LOS INCISOS A), B) Y C) DEL ARTICULO 74 DE LA LEY NRO. 25.565. DISPOSICIONES GENERALES. TASA DE CONTROL DEL FRACCIONAMIENTO DE GAS LICUADO DE PETROLEO. TASA DE CONTROL DE CALIDAD DE LOS COMBUSTIBLES. TASA DE CONTROL DEL TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS LIQUIDOS. CONSIDERACIONES GENERALES Y DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
|
Normativa / Número
Resolución 428 / 2004
SECRETARIA DE ENERGIA |
Fecha publicación 10-Mayo-2004 |
Descripción
PERSONAL CONTROL COMBUSTIBLES - DESIGNACIONDESIGNASE A LAS PERSONAS QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE RESOLUCION PARA REPRESENTAR A LA SECRETARIA DE ENERGIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS EN LAS INSPECCIONES QUE SE REALICEN EN EL MARCO DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE CALIDAD DE LOS COMBUSTIBLES.
|
Normativa / Número
Resolución 1102 / 2004
SECRETARIA DE ENERGIA |
Fecha publicación 05-Ene-2005 |
Descripción
REGISTRO DE BOCAS DE EXPENDIO DE COMBUSTIBLESCREASE EL REGISTRO DE BOCAS DE EXPENDIO DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS, CONSUMO PROPIO, ALMACENADORES, DISTRIBUIDORES Y COMERCIALIZADORES DE COMBUSTIBLES E HIDROCARBUROS A GRANEL Y DE GAS NATURAL COMPRIMIDO. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION. INCUMPLIMIENTOS Y APLICACION DE PENALIDADES. ESTABLECIMIENTOS CON TANQUES DE ALMACENAJE SUBTERRANEO Y NO SUBTERRANEO. EMPRESAS AUDITORAS DE SEGURIDAD. MODIFICACIONES A OTRAS RESOLUCIONES. VALORES DE REFERENCIA Y REGIMEN JURIDICO PARA LA APLICACION DE SANCIONES.
|