SANIDAD ANIMAL
DESPACHO DE TROPAS (UNION EUROPEA) - CONDICIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
13-Nov-2000
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS TROPAS DESPACHADAS A FRIGORIFICOS CON ULTERIOR DESTINO A LA UNION EUROPEA DEBEN HACERLO EN CAMION LAVADO Y DESINFECTADO EN LAVADERO OFICIAL Y LLEVAR EL PRECINTO OFICIAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. (NOTA: ABROGADA POR ART. 20 DE LA RES. 178/01 - BO 17/7/01).-