JUBILACIONES Y PENSIONES
FUNCIONARIOS DEL EX TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA NACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Ene-2007
Resumen:
DECLARANSE COMPRENDIDOS Y CON LOS ALCANCES PREVISTOS EN EL ARTICULO 15 DE LA LEY NRO. 21.121 A LOS SECRETARIOS, CONTADORES FISCALES GENERALES Y CUERPO DE CONTADORES FISCALES, TODOS ELLOS FUNCIONARIOS DEL EX TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA NACION.