MINISTERIO DE SALUD
PERSONAS CON CELIAQUIA - MONTO MENSUAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
03-Sep-2015
Resumen:
DETERMINASE QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY N° 26.588 DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS Y PREMEZCLAS LIBRES DE GLUTEN POR UN MONTO MENSUAL DE PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 83/100 ($ 326,83), CONFORME A LO DISPUESTO POR EL DECRETO N° 528/11 Y SU MODIFICATORIO. DICHO IMPORTE DEBERA ACTUALIZARSE PERIODICAMENTE.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 1720 E/2017 DEL MINISTRIO DE SALUD, B.O. 10/10/2017, PAGINA 67.