INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
BEBIDA A BASE DE MOSTO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
08-Jun-2021
Resumen:
DEFINASE COMO “BEBIDA A BASE DE MOSTO” O “PRODUCTO A BASE DE MOSTO”, AL OBTENIDO A PARTIR DE UN MINIMO DE CINCUENTA POR CIENTO (50 %) DE MOSTO, AL QUE SE LE PODRA AGREGAR EDULCORANTES, COLORANTES, AROMATIZANTES Y PRODUCTOS DE CALIDAD ALIMENTARIA DEBIDAMENTE AUTORIZADOS POR EL ORGANISMO COMPETENTE.