Presidencia de la Nación

Resolución 6 / 2022

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Resolución 15 / 2020

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)

Fecha publicación 23-Mar-2020 Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - PRODUCTOS “ADULTERADOS”, “AGUADOS”, “MANIPULADOS” Y/O “EN INFRACCION”

ESTABLECESE EN FORMA EXCEPCIONAL Y TRANSITORIA POR EL TERMINO QUE DURE LA EMERGENCIA AMPLIADA POR EL DECRETO N° DECNU-2020-260-APN-PTE DE FECHA 12 DE MARZO DE 2020 Y SUS MODIFICATORIOS, QUE AQUELLOS PRODUCTOS CALIFICADOS EN FORMA DEFINITIVA COMO “ADULTERADOS”, “AGUADOS”, “MANIPULADOS” Y/O “EN INFRACCION” EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 23 INCISOS A) Y D) DE LA LEY Nº 14.878, RESPECTIVAMENTE, QUE SE ENCUENTREN INTERVENIDOS A GRANEL EN ESTABLECIMIENTOS VITIVINICOLAS INSCRIPTOS ANTE ESTE ORGANISMO, UNA VEZ CERRADA LA ETAPA ANALITICA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR LA RESOLUCION Nº C.40 DE FECHA 30 DE SETIEMBRE DE 1991, TENDRAN COMO DESTINO LA DESTILACION CON FINES BENEFICOS Y SOLIDARIOS Y VINCULADO A LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) POR CORONAVIRUS (COVID-19).

Normativa / Número Resolución 17 / 2020

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)

Fecha publicación 03-Abr-2020 Descripción
ALCOHOL ETILICO - ESTABLECESE

ESTABLECESE EN FORMA EXCEPCIONAL Y TRANSITORIA POR EL TERMINO QUE DURE LA EMERGENCIA AMPLIADA POR EL DECRETO N° DECNU-2020-260-APN-PTE DE FECHA 12 DE MARZO DE 2020, SUS MODIFICATORIOS Y COMPLEMENTARIOS, QUE EL ALCOHOL ETILICO INTERVENIDO EN PROCEDIMIENTOS POR INFRACCION AL REGIMEN LEGAL ESTABLECIDO POR LEY N° 24.566 Y NORMAS REGLAMENTARIAS, UNA VEZ CERRADA LA ETAPA ANALITICA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL LA RESOLUCION Nº C.40 DE FECHA 30 DE SETIEMBRE DE 1991, TENDRA COMO DESTINO PREFERENTE SU DIRECCIONAMIENTO PARA COADYUVAR A COMBATIR LA EMERGENCIA AMPLIADA POR EL PRECITADO DECRETO, VINCULADO A LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) POR CORONAVIRUS (COVID-19).

Normativa / Número Resolución 18 / 2020

INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.)

Fecha publicación 03-Abr-2020 Descripción
“PRODUCTO GENUINO - AVERIADO” Y/O “NO CORRESPONDE A SU ANALISIS DE ORIGEN”

ESTABLECER EN FORMA EXCEPCIONAL Y TRANSITORIA POR EL TERMINO QUE DURE LA EMERGENCIA AMPLIADA POR EL DECRETO N° DECNU-2020-260-APN-PTE DE FECHA 12 DE MARZO DE 2020, SUS MODIFICATORIOS Y COMPLEMENTARIOS, QUE AQUELLOS PRODUCTOS CALIFICADOS EN FORMA DEFINITIVA COMO “PRODUCTO GENUINO - AVERIADO” Y/O “NO CORRESPONDE A SU ANALISIS DE ORIGEN” EN LOS TERMINOS DE LOS ARTICULOS 23 INCISO B) Y 24 INCISO B) DE LA LEY Nº 14.878, RESPECTIVAMENTE, QUE SE ENCUENTREN INTERVENIDOS A GRANEL EN ESTABLECIMIENTOS VITIVINICOLAS INSCRIPTOS ANTE ESTE ORGANISMO, UNA VEZ CERRADA LA ETAPA ANALITICA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL LA RESOLUCION Nº C.40 DE FECHA 30 DE SETIEMBRE DE 1991, COMO ASI TAMBIEN LOS PRODUCTOS INTERVENIDOS EN LA RESOLUCION N° RESOL- 2020-15-APN-INV#MAGYP DE FECHA 21 DE MARZO DE 2020, TENDRAN COMO DESTINO PRIORITARIO LA DESTILACION PARA SER CONSIGNADA A COMBATIR LA EMERGENCIA AMPLIADA POR EL PRECITADO DECRETO, VINCULADO A LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) POR CORONAVIRUS (COVID-19).

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