MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
TRABAJADORES NO PERMANENTES DEL REGIMEN NACIONAL DEL TRABAJO AGRARIO LEY N° 22.248
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Jul-2009
Resumen:
NO SE CONSIDERARA PARTE DE LA PLANTILLA DE PERSONAL OCUPADO EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 45 DE LA LEY Nº 26.476, A LOS TRABAJADORES NO PERMANENTES DEL REGIMEN NACIONAL DEL TRABAJO AGRARIO LEY Nº 22.248.