SIGECO
SU IMPLEMENTACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
19-Nov-1999
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS ORGANISMOS QUE TIENEN INSTALADO EL SISTEMA DE IDENTIFICACION DE BIENES Y SERVICIOS DE UTILIZACION COMUN, DEBERAN UTILIZAR EL MODULO INFORMATICO DENOMINADO SIGECO, PARA DESARROLLAR LA GESTION DE CONTRATACIONES.-
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 6° DEL DECRETO N° 893/2012 - B.O. 14/06/2012 - PAG. 6