IMPUESTO A LAS GANANCIAS
REF. LEY NRO. 20744 - ARTICULO 133
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
25-Nov-2004
Resumen:
ESTABLECESE QUE EL LIMITE PORCENTUAL MAXIMO ESTABLECIDO POR EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 133 DE LA LEY NRO. 20.744 (T.O. 1976) PODRA SER EXCEDIDO AL SOLO EFECTO DE HACER POSIBLE LA RETENCION DISPUESTA POR EL REGIMEN DE RETENCION DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS SOBRE LAS RENTAS DE LOS TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA, APROBADO POR LA RESOLUCION GENERAL NRO. 1261-AFIP. DE ROGASE LA RESOLUCION DEL EX MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NRO. 930 DE FECHA 7 DE OCTUBRE DE 1993.