Presidencia de la Nación

Resolución 414 / 2005

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Decreto 1735 / 2004

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 10-Dic-2004 Descripción
RESTRUCTURACION DEUDA ESTADO NACIONAL

ESTABLECENSE LOS ALCANCES, TERMINOS Y CONDICIONES DEL PROCESO DE REESTRUCTURACION DE LA DEUDA DEL ESTADO NACIONAL INSTRUMENTADA EN LOS BONOS CUYO PAGO FUE OBJETO DE DIFERIMIENTO SEGUN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 59 DE LA LEY NRO. 25.827, MEDIANTE UNA OPERACION DE CANJE NACIONAL E INTERNACIONAL. SUPLEMENTO DE PROSPECTO, APLICABLE A LA OFERTA INTERNACIONAL. PROCEDIMIENTO OPERA TIVO PARA LA REPUBLICA ARGENTINA. VALOR NOMINAL MAXIMO DE LOS BONOS QUE SERAN EMITIDOS, BONOS INTERNACIONALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y BONOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA. MODELO DE CONVENIO DE FIDEICOMISO.

Normativa / Número Instrucción 11 / 2005

SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Fecha publicación 13-Abr-2005 Descripción
CUENTA CAPITALIZACION INDIVIDUAL

LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEBERAN COMPENSAR LOS SALDOS NETOS DE LAS CUENTAS DE CAPITALIZACION INDIVIDUAL POR TRASPASOS DE AFILIADOS MEDIANTE LA TRANSFERENCIA PROPORCIONAL DE BONOS "CUASI PAR" RECIBIDOS ORIGINALMENTE EN CANJE Y DE PRESTAMOS GARANTIZADOS AL GOBIERNO NACIONAL. SERA APLICABLE A LA INCORPORACION DE ESTOS ACTIVOS A LA CARTERA, LA FRANQUICIA A QUE REFIERE EL APARTADO B) DEL ARTICULO 2DO. DEL DECRETO 1375/04. EL SALDO RESTANTE PODRA SER COMPENSADO MEDIANTE UN ACUERDO ENTRE LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES INVOLUCRADAS, EL QUE DEBERA SER SUSCRIPTO Y FORMALIZADO A MAS TARDAR DOS (2) DIAS HABILES ANTES DE LA FECHA DE COMPENSACION DE TRASPASOS. A TAL EFECTO, SERA DE APLICACION LO DISPUESTO EN EL ANEXO QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE INSTRUCCION. DE NO MEDIAR ACUERDO, EL SALDO DEBERA SER COMPENSADO EN EFECTIVO.

Volver
Scroll hacia arriba