SEGUROS
NORMAS SOBRE POLITICAS, PROCEDIMIENTOS Y CONTROLES INTERNOS PARA COMBATIR EL FRAUDE
Resumen:
LAS ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS SUJETAS A LA SUPERVISION DE ESTA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, DEBERAN APROBAR BAJO LA RESPONSABILIDAD Y POR INTERMEDIO DE SU ORGANO DE ADMINISTRACION, LAS “NORMAS SOBRE POLITICAS, PROCEDIMIENTOS Y CONTROLES INTERNOS PARA COMBATIR EL FRAUDE”, A LAS QUE OBLIGATORIAMENTE DEBERAN AJUSTARSE, LAS QUE ENTRARAN EN VIGENCIA CON LA SOLA APROBACION DEL CITADO ORGANO DE ADMINISTRACION. LAS NORMAS A DICTAR POR LAS ENTIDADES NO OBSTARAN A LA PLENA VIGENCIA DE LAS QUE, A SU VEZ, RESULTEN DE APLICACION CONFORME A LA LEY N° 25.246, MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS, Y A TODA LA REGULACION REGLAMENTARIA DICTADA EN SU CONSECUENCIA POR LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA Y POR ESTA AUTORIDAD DE CONTROL.