INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
IMPORTE EN CONCEPTO DE ARANCEL POR INSCRIPCION
Resumen:
ESTABLECER EL IMPORTE EN CONCEPTO DE ARANCEL POR INSCRIPCION A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2009, EN LAS SIGUIENTES SUMAS: A) PARA SOCIEDADES DE HECHO Y UNIPERSONALES EN PESOS SETECIENTOS CINCUENTA ($ 750), B) PARA SOCIEDADES FORMALMENTE CONSTITUIDAS COMO SOCIEDADES ANONIMAS, SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, SOCIEDADES EN COMANDITA POR ACCIONES Y OTRAS INSCRIPTAS EN LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, EN PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500). DEROGAR LA RESOLUCION IERIC Nº 5/98. SE DEJA SIN EFECTO A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2008 LO DISPUESTO EN LAS RESOLUCIONES LERIC Nº 005/98, 007/98, 009/99, 11/2003 Y 13/2008.
Observaciones:
ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 11/2003 DEL INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.