ENERGIA ELECTRICA
COMERCIALIZACION EN EL MERCADO "SPOT"
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
05-Sep-2006
Resumen:
ESTABLECESE QUE, A PARTIR DEL 1º DE NOVIEMBRE DE 2006, LA ENERGIA COMERCIALIZADA EN EL MERCADO “SPOT” POR LOS AGENTES DEPENDIENTES DEL ESTADO NACIONAL, TENDRA COMO DESTINO PRIORITARIO EL ABASTECIMIENTO DE LAS DEMANDAS ATENDIDAS POR LOS AGENTES DISTRIBUIDORES Y/O PRESTADORES DEL SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA, QUE NO CUENTAN CON LA CAPACIDAD DE CONTRATAR SU ABASTECIMIENTO EN DICHO MERCADO Y QUE NO SE ENCUENTRAN RESPALDADAS POR CONTRATOS DEL MERCADO A TERMINO. CARACTERISTICAS BASICAS DEL SERVICIO DE ENERGIA PLUS. DETERMINACION DE LA DEMANDA BASE.