DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
EMPRESAS PRODUCTORAS DE TRACTORES AGRICOLAS, COSECHADORAS ...
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
13-Dic-2006
Resumen:
A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE EN EL BOLETIN OFICIAL, LAS EMPRESAS PRODUCTORAS DE TRACTORES AGRICOLAS, COSECHADORAS Y MAQUINARIA AGRICOLA Y VIAL AUTOPROPULSADA, CUYA NOMINA OPORTUNAMENTE COMUNICARA A ESTA DIRECCION GENERAL LA DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA, SE ENCUENTRAN HABILITADAS A OFICIALIZAR DESTINACIONES DE IMPORTACION A CONSUMO DE MERCADERIAS INCLUIDAS EN EL ANEXO A LA RESOLUCION MEYP NRO. 497/04, CON EL ARANCEL ESTABLECIDO EN EL ART. 6º DEL CITADO XXXV PROTOCOLO ADICIONAL, DEBIENDO A TAL EFECTO AJUSTAR LA DECLARACION EN EL SIM A LO INSTRUIDO EN EL PUNTO B. 2 DE LA NOTA EXTERNA NRO. 8 DE FECHA 31 DE ENERO DE 2005.