FONDO NACIONAL DE AUTOPISTAS
LEY N° 19.408 - PRORROGA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Ene-1983
Resumen:
PRORROGASE POR EL TERMINO DE 2 AÑOS, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 1983, LA VIGENCIA DE LA LEY N° 19.408, ACLARADA POR LA LEY N° 19.458, MODIFICADA POR LAS LEYES N° 22.126 Y 22.408 Y PRORROGADA POR LA LEY N° 22.522, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1982.