Presidencia de la Nación

Ley 14236

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Decreto 6178 / 1954

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 21-Abr-1954 Descripción
BENEFICIOS DE PREVISION SOCIAL - PROCEDIMIENTO

LOS SERVICIOS PRESTADOS POR LOS AFILIADOS PODRAN SER ACREDITADOS POR PRUEBA INSTRUMENTAL, JURATORIA, TESTIMONIAL O PRESUNTIVA, CON ARREGLO AL ORDEN Y CONDICIONES QUE PARA LOS DISTINTOS CASOS ESTABLECERAN LOS DIRECTORIOS DE LAS CAJAS EN SUS RESPETIVOS REGLAMENTOS, SIN PERJUICIO DE EXIGIR LAS PRUEBAS SUPLETORAS QUE SE ESTIMEN NECESARIAS, SEGUN LAS CIRCUNSTANCIAS PARTICULARES DE LOS MISMOS.

Normativa / Número Decreto/Ley 327 / 1956

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 26-Ene-1956 Descripción
MODIFICACION

MODIFICANSE LOS ARTS. 2° INCISOS A) Y B), 4° Y 5° DE LA LEY N° 14.236

Normativa / Número Decreto/Ley 15782 / 1956

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 06-Sep-1956 Descripción
LEY N° 14.236 - MODIFICACION

MODIFICANSE LOS ARTS. 17 Y 19 DE LA LEY N° 14.236

Normativa / Número Decreto/Ley 15972 / 1956

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 13-Sep-1956 Descripción
MODIFICACION

MODIFICANSE LOS ARTS. 2° INC. A), 5°, 8° INC. B) Y 11 DE LA LEY N° 14.236

Normativa / Número Decreto/Ley 1716 / 1958

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 25-Feb-1958 Descripción
APORTES JUBILATORIOS

PRORROGASE EL INGRESO DE SUMAS ADEUDADAS POR PARTE DE EMPLEADORES EN CONCEPTO DE APORTES JUBILATORIOS.

Normativa / Número Decreto 16017 / 1959

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 11-Dic-1959 Descripción
INFRACCIONES Y PENALIDADES

REGLAMENTASE LA FORMA EN QUE SE APLICARAN LAS PENALIDADES PREVISTAS POR INFRACCIONES A LAS LEYES DE PREVISION SOCIAL.

Normativa / Número Decreto/Ley 33 / 1963

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 10-Ene-1963 Descripción
ACEFALIA

ESTABLECESE LA FORMA DE REEMPLAZO DE LOS PRESIDENTES DE LAS CAJAS EN CASO DE AUSENCIA.

Normativa / Número Ley 17250

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 28-Abr-1967 Descripción
REQUISITOS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTOS

REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LOS OBLIGADOS CON LAS CAJAS Y SANCIONES QUE SE APLICARAN A LAS VIOLACIONES DE TALES NORMAS.-

Normativa / Número Ley 17388

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 25-Ago-1967 Descripción
REGIMENES NACIONALES DE PREVISION

DEROGANSE LAS DISPOSICIONES LEGALES CONTENIDAS EN LOS REGIMENES NACIONALES DE PREVISION, REFERENTES A PERDIDA, RESTRICCION O SUSPENSION DEL DERECHO AL BENEFICIO DE JUBILACION.

Normativa / Número Ley 17575

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 29-Dic-1967 Descripción
REESTRUCTURACION

ESTABLECESE LA REESTRUCTURACION DE LOS ORGANISMOS QUE INTEGRAN EL REGIMEN NACIONAL DE PREVISION SOCIAL.

Normativa / Número Ley 18037

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 10-Ene-1969 Descripción
PREVISION SOCIAL

NUEVO REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA.

Normativa / Número Ley 18820

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 04-Nov-1970 Descripción
SU CREACION

CREACION DE LA DIRECCION NACIONAL DE PREVISION SOCIAL. REGIMEN GENERAL DE RECAUDACION DE LAS CAJAS NACIONALES DE PREVISION. MODIFICACIONES A LAS LEYES 14.236, 14499, 17250, 17888, 17575, 18037, 17421 Y 18765. DEROGACION DE LAS QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE.-

Normativa / Número Ley 21205

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 07-Nov-1975 Descripción
REGIMEN COMPLEMENTARIO PARA ESCRIBANOS

INSTITUYESE UN REGIMEN COMPLEMENTARIO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Y DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ESCRIBANOS DE LA CAPITAL FEDERAL Y TERRITORIO NACIONAL DE LA TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Normativa / Número Ley 23473

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 25-Mar-1987 Descripción
CREACION DE LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES

CREASE LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Normativa / Número Ley 24241

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 18-Oct-1993 Descripción
CREACION

CREACION DEL SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES. AMBITO DE APLICACION, DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS. CONSEJO NACIONAL DE PREVISION SOCIAL. COMPAÑIAS DE SEGUROS. PRESTACIONES. NO CONTRIBUTIVAS. NORMAS. OBSERVADA ARTS. 3; 4; 36; 74;76; 125; 163; 164; Y 189. VETO PARCIAL MENSAJE 2091 DEL 13/10/93. (NOTAS: REF. ART. 64, INSTRUCCION 17/99, BO 5/7/99, PAG. 20). INSTRUCCION 21/99 B.O. 25/08/99 PAG. 49; INSTRUCCION 22/99 BO 2/9/99, PAG. 29; INSTRUCCIONES 23 Y 24/99 BO 7/10/99, P. 17; INSTRUCCION 25/99, P. 16; BO 6/12/99, INSTRUCCION 28/99, P. 25; REF.: ART. 9, NOTA EXTERNA DGI NRO. 1/2000, BO 24/1/2000, PAG. 36; INSTRUCCION NRO. 5/2000 - BO 25/2/2000, PAG. 27; INSTRUCCION 10/2000 - BO 11/4/2000, PAG.13; INSTRUCCION 14 Y 15/2000 - BO 9/6/00; INSTRUCCION 18/2000 - BO 23/6/00; INSTRUCCION 21/2000 - BO 20/7/00; INSTRUCCION 22/00 - BO 20/7/00; INSTRUCCION 26/00 - BO 4/9/2000; INSTRUCCIONES 28 Y 29/00 - BO 4/10/00; INSTRUCCION 31/00 - BO 8/11/2000, PAG. 9; INSTRUCCION 32/00 - BO 9/11/00, PAG. 10; INSTRUCCION 33/00 - BO 13/12/00, PAG. 13; INSTRUCCION 35 Y 36/00 - BO 5/1/01, PAG. 15 Y 16).

Normativa / Número Resolución 1222 / 2004

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Fecha publicación 06-Dic-2004 Descripción
REF. ART. 97 LEY NRO. 24241

SERVICIOS PRESTADOS POR TRABAJADORES AUTONOMOS. EXCLUSION DE LA DETERMINACION DEL INGRESO BASE A QUE ALUDE EL ARTICULO 97 DE LA LEY NRO. 24.241, EN RELACION CON APORTES POR LOS CUALES EL AFILIADO O SUS DERECHO HABIENTES SE HUBIERAN AMPARADO O SE AMPARAREN EN LA PRESCRIPCION LIBERATORIA PREVISTA EN EL ARTICULO 16 DE LA LEY NRO. 14.236, O LA CONDONACION ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 1º DE LA LEY NRO. 24.476.

Normativa / Número Resolución 16 / 2010

SECRETARIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Fecha publicación 31-Mayo-2010 Descripción
TRABAJADORES AUTONOMOS DEUDORES DE APORTES OBLIGATORIOS

ESTABLECESE QUE LAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES Nº 14.236 SOBRE PRESCRIPCION, Nº 24.476 SOBRE CONDONACION DE DEUDAS Y Nº 25.321 SOBRE RENUNCIA DE SERVICIOS, SOLO SERAN APLICABLES A LOS TRABAJADORES AUTONOMOS DEUDORES DE APORTES OBLIGATORIOS AL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO.

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