DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
EGRESOS DE PERSONAS POR VIA ACUATICA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
11-Ago-2006
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS EGRESOS DE PERSONAS DEL TERRITORIO NACIONAL CON DESTINO AL EXTERIOR POR VIA ACUATICA, QUE FIGUREN EN EL ROL DE TRIPULACION DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS QUE HAYAN FORMALIZADO DESPACHOS DE SALIDA ANTE LA AUTORIDAD MARITIMA CON FECHA DE RETORNO PREVISTA DENTRO DEL PLAZO MAXIMO DE SETENTA Y DOS HORAS, QUEDAN ASIMILADOS AL REGIMEN DE “TRANSITO VECINAL FRONTERIZO” Y COMPRENDIDOS EN LOS ALCANCES DEL ARTICULO 9º INCISO E) DEL DECRETO NRO. 1025/2005.