Decreto/Ley 8204 / 1963
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 16478
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 30-Sep-1964 |
Descripción
DECRETOS LEYES - VIGENCIA CON FUERZA DE LEY-CONTINUAN EN VIGENCIA LOS DECRETOS DICTADOS CON FUERZA DE LEY POR EL GOBIERNO DE FACTO, ENTRE EL 29/3/1962 Y 12/10/1963, QUE NO HUBIERAN SIDO EXPRESAMENTE DEROGADOS O DECLARADOS SIN EFECTO O SUSPENDIDOS EN SU VIGENCIA. LOS SUSPENDIDOS CONTINUARAN EN ESA CONDICION MIENTRAS NO MEDIE PRONUNCIAMIENTO POSTERIOR ACERCA DE LOS MISMOS.
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Normativa / Número
Ley 18248
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 24-Jun-1969 |
Descripción
NOMBRE DE LAS PERSONASESTABLECESE LAS NORMAS SOBRE INSCRIPCION DE NOMBRES DE LAS PERSONAS NATURALES.
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Normativa / Número
Ley 18327
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 03-Sep-1969 |
Descripción
DECRETO-LEY 8204/1963 - MODIFICACIONMODIFICACION ARTICULOS DEL DECRETO LEY 8204/63.-
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Normativa / Número
Ley 20751
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 24-Oct-1974 |
Descripción
INSCRIPCION DE NACIMIENTOS-AMNISTIAANMISTIA POR NACIMIENTOS NO DENUNCIADOS EN TERMINO EN EL REGISTRO CIVIL Y MODIFICANSE LOS ARTICULOS 3 Y 29 DEL DECRETO-LEY 8204/63 .-
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Normativa / Número
Ley 22159
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 13-Feb-1980 |
Descripción
DECRETO-LEY 8204/1963 - MODIFICACIONSUSTITUYESE EL ARTICULO 27, INCISO 1) DEL DECRETO-LEY 8204/63
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Normativa / Número
Ley 22710
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 14-Ene-1983 |
Descripción
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONASAMNISTIASE A TODAS LAS PERSONAS QUE NO HAYAN DADO CUMPLIMIENTO A LA INSCRIPCION DE NACIMIENTOS EN LOS RESPECTIVOS REGISTROS, EN LOS TERMINOS PERENTORIOS DENTRO DE LOS CUALES DEBE EFECTUARSE. PLAZO.
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Normativa / Número
Ley 23128
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 07-Nov-1984 |
Descripción
AMNISTIAESTABLECESE AMNISTIA A TODAS AQUELLAS PERSONAS QUE NO HUBIERAN DADO CUMPLIMIENTO A LO INDICADO EN LOS ARTICULOS 35 AL 40 DE LA LEY Nº 22.435
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Normativa / Número
Ley 23776
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 06-Jun-1990 |
Descripción
DECRETO-LEY Nº 8204/63 - SU MODIFICACIONSUSTITUYESE EL ART. 29 DEL DECRETO-LEY Nº 8204/63, DE IDENTIFICACION, REGISTRO Y CLASIFICACION DEL POTENCIAL HUMANO.
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Normativa / Número
Ley 23828
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 08-Oct-1990 |
Descripción
AMINISTIA POR FALTA DE INSCRIPCION DE NACIMIENTOSAMNISTIA POR FALTA DE INSCRIPCION DE NACIMIENTOS Y POR INFRACCIONES A NORMAS SOBRE IDENTIFICACION.
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Normativa / Número
Ley 24540
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 22-Sep-1995 |
Descripción
APROBACIONTODO NIÑO NACIDO VIVO O MUERTO Y SU MADRE DEBEN SER IDENTIFICADOS DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DE ESTA LEY. PROCEDIMIENTO. IDENTIFICACION. SUSTITUYENSE LOS ART. 31 Y 36 DEL DECRETO LEY 8204/63 Y EL ARTICULO 242 DEL CAPITULO II DEL TITULO II DE LA SECCION II DEL LIBRO 1º DEL CODIGO CIVIL.
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Normativa / Número
Ley 24755
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 30-Dic-1996 |
Descripción
MODIFICACION DE LA LEY 22435MODIFICANSE LOS ARTICULOS 35, 36,37, 38 Y 39 DE LA LEY 22435, MODIFICATORIA DE SU SIMILAR 17671. AMNISTIAS.- JHS
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Normativa / Número
Ley 25219
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 17-Dic-1999 |
Descripción
INFRACCIONES - EXENCIONES -ESTABLECENSE EXENCIONES POR INFRACCIONES PREVISTAS EN LOS ARTICULOS 35, 36, 37, 38 DE LA LEY NRO. 17.671 Y EN LOS ARTICULOS 28 Y 29 DEL DECRETO NRO. 8204/63.
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Normativa / Número
Ley 25819
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 05-Dic-2003 |
Descripción
INSCRIPCION NACIMIENTOS HASTA 10 AÑOSINSCRIPCION DE NACIMIENTOS DE MENORES DE HASTA DIEZ AÑOS DE EDAD. SUSPENDESE EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL DECRETO- LEY N° 8204/63, RATIFICADO POR LA LEY N° 16.478 Y SUS MODIFICATORIAS.
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Normativa / Número
Ley 26413
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 06-Oct-2008 |
Descripción
ACTOS O HECHOS QUE DEN ORIGEN, ALTEREN O MODIFIQUEN EL ESTADO CIVIL Y LA CAPACIDAD DE LAS PERSONASESTABLECESE QUE TODOS LOS ACTOS O HECHOS QUE DEN ORIGEN, ALTEREN O MODIFIQUEN EL ESTADO CIVIL Y LA CAPACIDAD DE LAS PERSONAS DEBERAN INSCRIBIRSE EN LOS CORRESPONDIENTES REGISTROS DE LAS PROVINCIAS, DE LA NACION Y DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. DEROGASE EL DECRETO LEY 8204/63.
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