HIDROCARBUROS
FONDO DE LOS COMBUSTIBLES - FACULTASE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Mar-1968
Resumen:
FACULTASE A LAS SECRETARIAS DE ESTADO DE HACIENDA Y DE ENERGIA Y MINERIA PARA QUE CONJUNTAMENTE ESTABLEZCAN, EN CASO NECESARIO, LAS NORMAS REGLAMENTARIAS REFERIDAS A: A) DETERMINACION DE LOS RESPONSABLES DEL INGRESO DE LOS GRAVAMENES ESTABLECIDOS POR LA LEY 17.597. B) EXENCIONES AL GRAVAMEN DETERMINADAS EN EL ARTICULO 11 DE LA LEY.