Presidencia de la Nación

Acordada 22 / 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Ley 23853

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 24-Oct-1990 Descripción
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SE ESTABLECE QUE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION PREPARARA EL PRESUPUESTO DE GASTOS Y RECURSOS.

Normativa / Número Acordada 44 / 2016

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 30-Dic-2016 Descripción
CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION - MODIFICACION

ESTABLECER EN LA SUMA DE PESOS VEINTISEIS MIL ($ 26.000) EL DEPOSITO REGULADO POR EL ART. 286 DEL CODIGO PROCESAL EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION. DISPONER QUE EL NUEVO MONTO SE APLICARA PARA LOS RECURSOS DE QUEJA QUE SE PRESENTAREN A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DE ESTA ACORDADA EN EL BOLETIN OFICIAL.

Normativa / Número Acordada 5 / 2021

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 20-Abr-2021 Descripción
ACORDADA 13/97 - MODIFICACION

MODIFICAR EL PUNTO 1° DE LA ACORDADA N° 13/97, Y EN CONSECUENCIA FIJAR EL ARANCEL EN LA SUMA DE PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4.200)- A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, PARA LA REALIZACION DE LOS DICTAMENES PERICIALES EFECTUADOS POR EL CUERPO MEDICO FORENSE, CUERPO DE PERITOS CONTADORES OFICIALES, CUERPO DE PERITOS CALIGRAFOS OFICIALES Y PERITOS TASADORES, ELLO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN AQUELLA Y EN LAS ACORDADAS 40/97 Y 27/01 , TODAS LAS CUALES FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE.

Normativa / Número Acordada 15 / 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 27-Mayo-2022 Descripción
MONTO - ADECUASE

ADECUAR EL MONTO FIJADO EN EL ARTICULO 6° DE LA LEY 23.898, FIJANDOLO EN EL IMPORTE DE PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS ($ 4.700,-).

Normativa / Número Acordada 19 / 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 05-Ago-2022 Descripción
ACORDADA 13/1997 - MODIFICACION

MODIFICAR EL PUNTO 1° DE LA ACORDADA N° 13/97, Y EN CONSECUENCIA FIJAR EL ARANCEL EN LA SUMA DE PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS ($ 6.600)- A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, PARA LA REALIZACION DE LOS DICTAMENES PERICIALES EFECTUADOS POR EL CUERPO MEDICO FORENSE, CUERPO DE PERITOS CONTADORES OFICIALES, CUERPO DE PERITOS CALIGRAFOS OFICIALES Y PERITOS TASADORES, ELLO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN AQUELLA Y EN LAS ACORDADAS 40/97 Y 27/01, TODAS LAS CUALES FORMAN INTEGRANTE DE LA PRESENTE.

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