CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
ACORDADA 13/97 - MODIFICACION
Resumen:
MODIFICAR EL PUNTO 1° DE LA ACORDADA N° 13/97, Y EN CONSECUENCIA FIJAR EL ARANCEL EN LA SUMA DE PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4.200)- A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACION DE LA PRESENTE EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, PARA LA REALIZACION DE LOS DICTAMENES PERICIALES EFECTUADOS POR EL CUERPO MEDICO FORENSE, CUERPO DE PERITOS CONTADORES OFICIALES, CUERPO DE PERITOS CALIGRAFOS OFICIALES Y PERITOS TASADORES, ELLO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN AQUELLA Y EN LAS ACORDADAS 40/97 Y 27/01 , TODAS LAS CUALES FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - ACORDADA 13/1997 DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.