Preguntas frecuentes relacionadas con los deportes náuticos
QUE HABILITACIÓN DEBO POSEER PARA CONDUCIR UNA EMBARCACIÓN CON MOTOR DE HASTA 140 HP?
Deberás estar habilitado con el certificado de conductor náutico.
QUE HABILITACIÓN DEBO POSEER PARA CONDUCIR UNA EMBARCACIÓN CON MOTOR DE MÁS DE 140 HP?
El certificado de timonel yate motor.
CUÁLES SON LOS REQUISITOS CERTIFICACIÓN NÁUTICO DEPORTIVA?
Definido si te orientas por disfrutar en la conducción de una embarcación a vela, a motor o con ambas propulsiones puedes acceder a conocer el programa orientado a dicha habilitación.
DICTA LA PNA CURSOS DE TIMONEL?
La prefectura naval argentina no dicta cursos. Solamente el de piloto de yate.
EL CURSO DE PILOTO DE YATE DÓNDE Y CUÁNDO SE REALIZA?
Se dicta en la escuela superior de la Prefectura Naval Argentina.
La escuela esta en la Avenida Corrientes 180 en la localidad de Olivos provincia de Buenos Aires.
Para mayor información su teléfono es (011) 4512-1014, tiene un único ciclo de ocho meses de duración y se puede rendir libre.
PARA REALIZAR EL DESPACHO AL EXTERIOR, ES NECESARIO LLEVAR LA EMBARCACIÓN?
No. Al momento de formalizar en despacho de salida, la prefectura naval argentina verifica los documentos del barco, su capitán y los tripulantes y acompañantes. También tiene facultades para inspeccionarlo.
DÓNDE PUEDO ADQUIRIR LAS PUBLICACIONES QUE EDITA LA "EDITORIAL GUARDACOSTAS" DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA?
Las consultas podrán realizarse directamente a la "editorial guardacostas" sita en Tacuarí 471 6º piso "a" de Capital Federal - tel (011) 4331-6092 o telfax (011) 4334-1173 - o E-mail: [email protected]
CÓMO RINDO EXAMEN PARA BUZO PROFESIONAL?
La consulta la puede realizar en la sección habilitaciones del servicio de salvamento, incendio y contaminación que está ubicado en la zona portuaria, en la avenida Edison 988 de dársena "f" puerto nuevo de la ciudad de Buenos Aires. El tel es (011) 4576-7623/7641 interno 38 y atienden de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 hs.
DÓNDE PUEDO CONSEGUIR MAPAS (CARTAS Y CROQUIS) DE RÍOS?
La cartografía editada por el servicio de hidrografía naval la vende entre otros proveedores, el instituto de publicaciones navales en la avenida san martín 954 local 28 galería Larreta Capital Federal teléfono (011) 4311-0042/0043, si no hubiere cartografía apropiada. Por ejemplo para los lagos cordilleranos o embalses artificiales podría ser útil lo que provea el instituto geográfico E-mail: [email protected]
QUE DOCUMENTACIÓN NECESITO PARA REALIZAR EL CAMBIO DE DOMINIO EN LA MATRÍCULA DE MI EMBARCACIÓN?
Puede consultar aqui o personalmente, en las dependencias de la Prefectura Naval Argentina.
DÓNDE MATRICULO UNA EMBARCACIÓN NEUMÁTICA?
Las embarcaciones totalmente inflables no se matriculan. Lea la respuesta siguiente.
CUÁL ES LA LEGISLACIÓN VIGENTE CON RESPECTO A LA MATRICULACIÓN DE LOS SEMIRRÍGIDOS?
La reglamentación vigente está regulada en el título 2 capítulo 1 sección 2 del régimen de la navegación marítima, fluvial y lacustre (reginave)-decreto nº 4516 del 16 de mayo de 1973 y sus modificatorios.
El reginave determina la no matriculación de embarcaciones inflables, abarcamiento que excluye a los semirrígidos, ya que el artículo 201.0202. establece:
Están exceptuados de la inscripción en la matrícula nacional:
a. Los buques y artefactos navales pertenecientes a las fuerzas armadas, de seguridad y policiales;
b. Los buques y artefactos navales propulsados exclusivamente a remo, cualquiera sea su tonelaje y
c. Los buques o artefactos navales inflables.
El semirrígido si bien tiene una parte inflable, el conjunto no pierde su condición jurídica de buque, como le ocurre a los botes neumáticos.
Para mayor información consultar aquí.
CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA MATRICULAR UNA EMBARCACIÓN DE CONSTRUCCIÓN CASERA?
El responsable de la construcción de una embarcación deportiva deberá recabar a la Prefectura Naval Argentina la autorización para realizarla. deberá presentar los elementos técnicos de juicio acompañando la correspondiente solicitud de permiso de construcción.
Algunas normas que la regulan son: art. 402.0211 del reginave y la ordenanza marítima 6/01 (dpsn).
Para mayor información puede dirigirse a la dependencia de la Prefectura Naval Argentina de su comodidad. Puedes consultar aquí.
DÓNDE PODRÍA OBTENER EL REGISTRO DE LAS GUARDERÍAS NÁUTICAS EXISTENTES?
La Prefectura no registra este tipo de establecimientos.
CÓMO RENUEVO LA HABILITACIÓN VENCIDA?
Deberá presentar su certificado náutico deportivo vencido y la siguiente documentación:
1. Exhibir Documento Nacional de Identidad o DNI/Pasaporte Extranjero; y entregar fotocopia del mismo;
2. Presentar certificado médico que acredite “Aptitud psicofísica y audiovisual para el ejercicio de la navegación”, válido por 90 días a partir de la fecha de extensión, debiéndose consignar lugar y fecha, nombre, apellido y N° DNI del examinado, fecha, firma y sello aclaratorio del facultativo interviniente;
3. DOS (2) fotografías color, actualizadas, de frente, fondo celeste, tamaño carnet, sin anteojos salvo que sean recetados para uso permanente.
4. Abonar el arancel establecido para Certificado Náutico Deportivo, acorde Esquema Tarifario PNA, vigente.
El trámite se realiza de lunes a viernes (excepto feriados) de 08.00 a 13.00 horas, sin turno, en las Prefecturas Jurisdiccionales del todo el país. Se extenderá un certificado con vigencia de cinco (5), tres (3) o un (1) año, dependiendo la edad del titular.
DESDE QUE EDAD SE PUEDE OBTENER UNA HABILITACIÓN NÁUTICA PARA CONDUCIR EMBARCACIONES DE MENOS DE 7MTS. DE ESLORA A VELA?
Los Clubes Náuticos reconocidos por la Prefectura Naval Argentina podrán gestionar la habilitación náutica de Aprendiz, de carácter OPTATIVO, para sus jóvenes asociados siempre que se cumplimenten las siguientes atribuciones y condiciones:
ATRIBUCIONES:
Gobierno de embarcaciones deportivas propulsadas a vela de hasta CINCO (5) m de eslora, que realicen navegación de entrenamiento, competencia o escuela. Límites: los que fije cada club náutico en acuerdo con la Prefectura Jurisdiccional.
Podrá realizar la actividad con fines estrictamente deportivos, en navegación diurna, bajo condiciones climáticas favorables y con chaleco salvavidas colocado en forma obligatoria.
CONDICIONES:
Tener entre SIETE (7) y DIECIOCHO (18) años de edad. Con la respectiva autorización de sus padres, tutor o encargado.
- Presentar la correspondiente Nota del club náutico con constancia de federación para la actividad deportiva de vela, en calidad de entrenamiento, competencia o escuela.
POSEO EL CARNET DE CONDUCTOR NÁUTICO QUE ME PERMITE CONDUCIR EMBARCACIONES A MOTOR CON UNA POTENCIA DE HASTA 140 HP. QUE DEBO HACER PARA CONDUCIR EMBARCACIONES CON MOTORES DE MAS POTENCIA?
Para conducir una embarcación a motor cuya potencia supera los 140 hp se deberá contar con el certificado de timonel de yate a motor que le permitirá conducirla sin límite de potencia como así mismo hasta 12 m de eslora.
DÓNDE PUEDO ADQUIRIR LAS PUBLICACIONES QUE EDITA LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA?
En los distribuidores oficiales y en el departamento reglamentación división publicaciones del edificio guardacostas sito en avenida Eduardo Madero n° 235 piso 2 oficina 2.32 Capital Federal de lunes a viernes de 08.00 a 12:45
Consultar previamente la existencia de determinada publicación, ya que algunas pueden estar agotadas al te. (011) 4318-7400/ 7500/7600 int. 2232.
Igualmente, en el mismo edificio, en la oficina 0.23 funciona la biblioteca "Prefecto Ferrero" que esta abierta al público de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 y de 13:30 14:30. es gratis.
PUEDO PRESENTARME A RENDIR LIBRE EL EXAMEN DE GRUMETE, CONDUCTOR NÁUTICO, TIMONEL O PATRÓN?
Te puedes presentar en forma libre, depende tu capacidad, en cualquier dependencia de la Prefectura Naval Argentina.
Recuerda que para el examen práctico deberás contar con una embarcación apropiada al certificado naútico deportivo que aspíras.
DÓNDE PUEDO SEGUIR UN CURSO PARA DE PODER PRESENTARME A RENDIR EXAMEN?
De la realización de estos cursos se encargan los clubes náuticos que cuentan con docentes acreditados.
Puedes hacerlo en la entidad náutica de tu preferencia que se halle reconocida por la Prefectura, o con profesores particulares que los hay muy buenos. También te puedes presentar en forma libre.
Los costos varían acorde quien te enseñe y la categoría que aspiras y duran entre dos y cuatro meses, teniendo en cuenta el tipo de certificado al que aspiras, dependerá la frecuencia semanal en que se realizará la instrucción, teoría y práctica.
TENGO 17 AÑOS Y POSEO EL ACTA EN LA QUE CONSTA QUE APROBÉ EL EXAMEN DE TIMONEL YATE VELA/ MOTOR, PUEDO CONDUCIR EMBARCACIONES A VELA DE MAS DE 7 METROS CON ALGÚN PERMISO O CON LA MISMA ACTA, PORQUE RECIÉN CUMPLO LOS 18 AÑOS DENTRO DE UN PAR DE MESES?
Para estar a cargo de la navegación de una embarcación como la descripta, deberás tener 18 años de edad cumplidos y haber obtenido el certificado pertinente.
EL AÑO PASADO COMPRE UNA EMBARCACIÓN QUE ESTABA EN UNA PROVINCIA MEDITERRÁNEA Y LA TRASLADÉ A LA ZONA DE JURISDICCIÓN DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. ESTÁ MATRICULADA EN ESA PROVINCIA ¿PUEDO NAVEGAR LIBREMENTE POR LOS RIOS PARANA, URUGUAY O EL RIO DE LA PLATA SIN ESTAR INSCRIPTA EN LA PREFECTURA?
La Prefectura Naval Argentina es la única autoridad que puede otorgar el uso de pabellón argentino, por intermedio del registro nacional de buques. La Prefectura exige la matriculación de las embarcaciones. La matriculación deberá tramitarse ante la Prefectura de su preferencia, en la que se deberá acreditar fehacientemente su propiedad y origen. En nuestra jurisdicción únicamente puede conducir una embarcación con una habilitación deportiva otorgada por la Prefectura Naval Argentina tampoco procedemos a homologar. Mayor información aquí.
QUE CARACTERÍSTICAS DEBE REUNIR EL CERTIFICADO MEDICO PARA LA RENOVACIÓN DE LA HABILITACIÓN?
Acorde el artículo 402.0409 del REGINAVE, el certificado médico deberá acreditar “Aptitud psicofísica y audiovisual compatibles con el ejercicio de la navegación”. El mismo tendrá una validez máxima de NOVENTA (90) días a partir de la fecha de su expedición; también deberá constar el lugar y fecha de expedición, además del nombre y número de documento del examinado, debiendo el facultativo interviniente salvar las correcciones, agregados, enmiendas o sobrescritos. Para los trámites iniciales, se deberá consignar además el grupo sanguíneo Factor Rhesus.
HAY MANERA DE NACIONALIZAR UN BARCO USADO COMPRADO EN EL EXTRANJERO?
El tratamiento de este punto no es competencia de la Prefectura Naval Argentina.
Puede ser consultado ante un despachante de aduana que se hallan en las paginas amarillas de cualquier guía telefónica o en la división técnica de procedimientos de importación de la dirección nacional de aduanas - en la calle Azopardo 350 de Capital Federal - te (011) 4343-0101/0109/0661/1551
No obstante, transcribimos en su parte pertinente una nota que hemos recibido en la Prefectura por consultas similares:
a) la importación de yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte en condición de usados se encuentra prohibida, en todos los casos, cualquiera sea su origen, procedencia y bandera. Resolución general 909/94 meosp y modificatorias (res. gral. 748/95 y res. gral. 866/96 del meosp)
b) Con relación al ingreso temporal de yates y demás barcos y embarcaciones de recreo o deporte al país, se encuentra regulado de la siguiente manera:
Turista comunitario: (Brasil, Paraguay o Uruguay): resoluciones nros. 2065/87, 3752/94 y 2727/97 ana y modificatorias y aviso 3204/96. (antitee), por la vigencia del plazo migratorio, otorgado por la dirección nacional de migraciones.
Turista de terceros países: resoluciones nros. 2065/87, 3752/94 y 2727/97 ana y modificatorias - ocho meses, prorrogables por única vez por un período igual. Debiendo solicitarse por escrito ante la aduana de jurisdicción donde se encuentre el turista, con anticipación a la fecha de vencimiento del plazo original.
Turista argentino: con una residencia en el exterior superior a un (1) año, podrá ingresar en viaje ocasional, concediéndose para la permanencia un plazo máximo de noventa (90) días improrrogables. Resoluciones nros. 2065/87, 3752/94 y 2727/97 ana y modificatorias.
PUEDO REALIZAR NAVEGACIÓN MARÍTIMA COSTERA CON CERTIFICACIÓN DE PATRÓN DE YATE?
Si, mientras se navegue a vista de costa o a una distancia no superior a treinta millas náuticas (30 MN) de la costa.
Para mayor información de las atribuciones de las distintas habilitaciones náutico deportivas, se puede consultar aqui.
LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA APRUEBA LA CONSTRUCCIÓN DE BARCOS?
Para aquellos que se construirán en serie, la Prefectura Naval Argentina aprueba el modelo presentado como prototipo, luego cada astillero es responsable de respetar las características denunciadas para la construcción en serie.
También aprueba la construcción de los que se produzcan de manera artesanal.
QUE PROCEDIMIENTO DEBO SEGUIR PARA TRANSFERIR UNA EMBARCACIÓN QUE DI COMO PARTE DE PAGO EN UNA OPERACIÓN HACE CINCO AÑOS?
En el registro de matricula que lleva la Prefectura Naval Argentina, la persona que está registrada como propietario, continuará siéndolo hasta que se ocupe de realizar los trámites de transferencia, personalmente o por intermedio de apoderado.
QUE PROCEDIMIENTO SIGO PARA SER GUÍA DE RAFTING ?
El rafting es una actividad comercial y su práctica no se halla bajo el área del departamento deporte náutico, por lo que se aconseja requerir información sobre la aplicación de la ordenanza nº 10 (dpsn) del 05/01/98 por intermedio de la Prefectura Naval Argentina de su conveniencia.
DEBO POSEER BALSA SALVAVIDAS PARA DESPACHAR A PUERTOS MARÍTIMOS ?
El anexo "A" de la Ordenanza N°1-18 DPSN Tomo 4 determina el material de equipamiento que deben llevar a bordo las embarcaciones deportivas acorde a la zona de navegación, siendo exigible únicamente para la navegación oceánica.
Se podrán despachar embarcaciones oceánicas a cargo de un Patrón de Yate hasta 30MN de la costa o a cargo de un Piloto de Yates, este último sin restricciones.
QUE CURSOS DICTA LA PREFECTURA NAVAL?
Podrá conocerlos a través de la dirección de instrucción de la Prefectura Naval Argentina.
Está tiene a cargo los cursos que se dictan en la escuela superior y en la escuela nacional superior de salvamento y buceo, se encuentra en la avenida Corrientes 345 piso 12 teléfono (011) 4576-7613.
Atienden de lunes a viernes de 0800 a 1400 o por intermedio de su dirección E-mail: [email protected]
QUE NORMAS HA EMITIDO LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA SOBRE LA PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ACUÁTICO PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN PROVENIENTE DE EMBARCACIONES DEPORTIVAS ?
La norma dictada es la ordenanza nro. 4/98 (dpma) de fecha 27-jul-98.
La dirección de protección del medio ambiente, regula y establece las normas al respecto.
Se halla en el edificio guardacostas 4º piso te. (011) 4318-7474/7434. Para su consulta personal o vía telefónica. Su dirección E-mail: [email protected]
QUE PROCEDIMIENTO ADOPTO PARA OBTENER UNA COPIA DE LA BOLETA DE LA TASA FIJA ANUAL QUE NO LLEGO A MI DOMICILIOS ?
Dirección de Planeamiento - Departamento Contralor Recaudatorio
Dirección: Av. Eduardo Madero 235 - CP 1106 (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
Horarios de atención: de lunes a viernes de 08:00 a 13:00hs. Piso 8 Oficina 2838/2846/2847
Tel.: 011-4318-7566
Correo electrónico: [email protected]