Cómo constituir una asociación civil
En la Inspección General de Justicia, existen dos formas de constituir una asociación civil de primer grado de acuerdo a su objeto social.
Trámite regular
Si querés constituir tu entidad civil y el objeto social no está incluido en el trámite simplificado, encontrá el trámite de constitución en:
Constituir tu asociación civil
Trámite simplificado
Existen objetos sociales tipificados para determinadas asociaciones, los cuales facilitan su inscripción, y estos son:
- Promoción y atención de derechos económicos, sociales y culturales de grupos vulnerables y/o comunidades étnicas que presenten condiciones de pobreza y vulnerabilidad
- Promoción y atención de cuestiones de género
- Cooperadoras de establecimientos educativos, hospitalarios u otros que provean servicios a la comunidad
- Promoción y defensa de los derechos humanos
- Promoción de clubes de barrio
- Creación de espacios culturales independientes (Ley N° 6063 de CABA)
- Centro de jubilados/adultos mayores
- Bibliotecas populares.
- Comunidad LGTTTBIQNB+
- Personas con discapacidad y/o enfermedades poco frecuentes
Nuevos estatutos inmodificables
A partir del 25/08/2023 se actualizaron los estatutos inmodificables. Al presentar la documentación, te solicitamos que envíes el estatuto actualizado que encontrarás en el trámite de constitución.
Este trámite es gratuito.
Tenés dos maneras de realizar el trámite:
-
Con estatuto propio creado por tu asociación: Con objeto tipificado
-
Con estatuto inmodificable: Con estatuto inmodificable
Podés presentar este trámite por Mesa General de Entradas o correo electrónico.
Normativa
Esta información proviene de la Resolución 1/2020, Resolución 7/2020 y Resolución 12/2023