GMPCS
Los Sistemas de Comunicaciones Móviles Mundiales por Satélite (GMPCS) han merecido en virtud de su relevancia, una atención particular por parte de los Miembros de la UIT. En este sentido, cabe mencionar que se ha suscripto un Memorándum de Entendimiento para facilitar los acuerdos sobre las comunicaciones personales móviles mundiales por satélite, incluidos los sistemas regionales (Memorándum de Entendimiento sobre las GMPCS - 28 de febrero de 1997), a través del cual los signatarios de dicho Memorandum (que son las Administraciones, los operadores de GMPCS, los Proveedores de servicios y fabricantes), acordaron cooperar, con arreglo a sus respectivas funciones y competencias, en las cuestiones tales como: Homologación de terminales; Concesión de licencias para uso de terminales; Marcado de terminales; Disposiciones relacionadas con las aduanas; Acceso a los datos de tráfico; etc.
Asimismo, cabe señalar que en la tercera reunión de Signatarios y Signatarios potenciales del Memorándum de Entendimiento sobre las GMPCS (Ginebra, 6-7 de octubre de 1997), se concluyó un Acuerdo Referente al Memorándum de Entendimiento sobre los GMPCS para facilitar la Introducción y el desarrollo de las Comunicaciones Personales Móviles Mundiales por Satélite (GMPCS).
Mediante el Acuerdo se invitó a las Administraciones, a los Miembros de los Sectores de la UIT, a los operadores de sistemas GMPCS, a los proveedores de servicios GMPCS y a los fabricantes de terminales GMPCS a aplicar este Acuerdo voluntario que ofrece un marco para:
a) facilitar el reconocimiento mutuo de las homologaciones de los terminales GMPCS;
b) simplificar la concesión de licencias a los terminales GMPCS;
c) identificar (marcar) los terminales GMPCS; y
d) obtener de las autoridades nacionales autorizadas el acceso a los datos de tráfico.
Los dos mencionados documentos como así también, otras disposiciones anexadas al Acuerdo referente al Memorándum de Entendimiento sobre las GMPCS concluido el 7 de octubre de 1997, se pueden acceder a continuación.