Presidencia de la Nación

Datos complementarios Resolución S.E. N° 25/2000


 

ESTACIÓN DE SERVICIO

 

RAZON SOCIAL
 
 
DOMICILIO LEGAL/TE.
 
 
N° DE INSCRIPCIÓN RES. S.E.79/99                                                       CUIT:
 
 
DIRECCIÓN DE LA BOCA/TE.
 
 

 

 

 

 

 

COMPAÑIA PROVEEDORA

 

 

 

RAZON SOCIAL

 

 

MARCA

 

 

 

 

OTRAS EMPRESA/S PROVEEDORA/S DE COMBUSTIBLES (1)

 

RAZON SOCIAL
 
 
RAZON SOCIAL
 
 
RAZON SOCIAL
 
 

 

OTROS DATOS DEL CONTRATO

 

 

 

 

FECHA DE FIRMA
 
 
FECHA DE VENCIMIENTO
 
 

 

 

 

OPCION DE RENOVACION (2)

 

 

 

 

AUTOMATICA
SI
NO
UNILATERAL A FAVOR DE LA PETROLERA
SI
NO
UNILATERAL A FAVOR DEL ESTACIONERO
SI
NO

 

 

EXCLUSIVIDAD (2)

 

 

 

 

COMBUSTIBLES

SI

NO

LUBRICANTES

SI

NO

OTROS (ESPECIFICAR)

SI

NO

 

 

VENTA DE COMBUSTIBLE EN MODALIDAD DE CONSIGNADO (2) (3)

 

 

 

 

VENTA MODALIDAD DE CONSIGNADO

SI

NO

 

 

OPCION DE COMPRA DE LA ESTACIÓN OTORGADA A FAVOR DE LA PETROLERA (2)

 

 

 

 

OPCION DE COMPRA

SI

NO

 

 

CLAUSULA DE NO DISCRIMINACION DE PRECIOS (2)

 

 

 

 

CLAUSULA DE NO DISCRIMINACION DE PRECIOS

SI

NO

 

 

 

 

 

CONDICIONES DE ENTREGA DEL PRODUCTO (2)

 

 

 

EN ESTACIONES DE SERVICIO

SI

NO

EN PLANTAS DE DESPACHO O REFINERIA

SI

NO

 

 

PRESTAMOS PARA OBRAS (2) (4)

 

 

PRESTAMOS

SI

NO

 

 

COMODATOS (2) (5)

 

 

 

TANQUES

SI

NO

SURTIDORES

SI

NO

CARTELERIA

SI

NO

OTROS (ESPECIFICAR)

SI

NO

 

 

(1)     A COMPLETAR POR ESTACIONES DE SERVICIO QUE MANTENGAN RELACIONES COMERCIALES CONTRACTUALES CON UNO O MAS PROVEEDORES SIN CLAUSULA DE EXCLUSIVIDAD.

(2)     TACHAR LO QUE NO CORRESPONDA.

(3)     SE DEBERÁ INFORMAR LA MODALIDAD DE CONSIGNADO AUN EN CASO EN QUE EXISTA UN CONTRATO DISTINTO DEL PRINCIPAL.

(4)     SE DEBERÁ INFORMAR AUN EN EL CASO QUE EXISTA UN CONTRATO DISTINTO PARA EL PRESTAMO Y CUALQUIERA SEA LA MODALIDAD DEL MISMO (EN DINERO, CON PRODUCTO, CON MODIFICACIONES ESPECIALES, OBRAS A CARGO DE LA PETROLERA, SIN REEMBOLSO, ETC.).

(5)     SE DEBERÁ INFORMAR AUN SI EXISTE UN CONTRATO DE COMODATO DISTINTO DEL PRINCIPAL.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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