Presidencia de la Nación

Grupo 5 - Plantas de Vaporizado a La Red (Distribuidores Por Redes)


DISTRIBUIDORES POR REDES (DI): Es toda persona que posea una planta de almacenamiento y vaporización para suministrar por cañerías Gas Licuado de Petróleo (GLP) vaporizado, mediante una red de distribución a usuarios de cualquier categoría.

Nomenclatura: Resolución 800/2004- Secretaría de Energía

Nombre del documento: RESOLUCIÓN N° 136/2003 - MODIFICACIÓN

Contenido: Modificase la resolución N° 136/2003 de la ex Secretaría de Energía entonces dependiente del ex Ministerio de Economía, con el objeto de generar un marco legal que permita incluir las actividades y acciones que desarrollan las personas que operan en el mercado de gas licuado de petróleo, atendiendo a criterios de transparencia, seguridad y confiabilidad.


Nomenclatura: Resolución 8/2006 - Secretaría de Energía

Contenido: Normas Mínimas para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento para Plantas de Gas Licuado de Petróleo de bajo volumen de almacenamiento cuyo destino sea para sistemas de distribución de gas por redes. Inscripción de operadores en el Registro Nacional de la Industria del Gas Licuado de Petróleo.


Nomenclatura: Norma N.A.G 155 - ENARGAS

Contenido: Norma mínima para el diseño, construcción, operación y mantenimiento para plantas de GLP de bajo volumen de almacenamiento para sistemas de distribución por redes instaladas en la vía pública. (GL) - Aplicable a plantas para la alimentación por redes en la vía pública con capacidad total de almacenamiento no superior a 100 m³.


Nomenclatura: GL N°20

Contenido: Instrucciones generales para la aprobación de tanques de GLP.


Nomenclatura: G.E. N°1 - 112

Contenido: Norma para el proyecto construcción y operación de Plantas de almacenamiento de gases licuados de petróleo.


Nomenclatura: Resolución 7/2006 - Secretaría de Energía

Contenido: Crease el "Programa Nacional de Control de Calidad del Gas Licuado de Petróleo". Objetivos.


Nomenclatura: Norma N.A.G 100 - ENARGAS

Contenido: Normas mínimas de seguridad para el transporte y distribución de gas natural y otros gases por cañerías - GE N° 100. Y guía técnica complementaria.


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