Licencias
Al trabajar en blanco, tenés el derecho de tomarte algunos días de licencia por año por motivos especiales.
Si trabajás en casas particulares, podés tomarte licencia para casos especiales.
- Matrimonio: 10 días corridos.
- Fallecimiento de cónyuge o conviviente, de hijos o de padres: 3 días corridos.
- Fallecimiento de hermano: 1 día.
- Nacimiento de hijo (en el caso de trabajador varón): 2 días corridos.
- Para rendir examen: 2 días corridos por examen, hasta un máximo de 10 días por año calendario.
Este derecho solo te corresponde si prestás servicios por 16 horas o más. En los demás casos, la licencia es proporcional al tiempo de trabajo semanal.