Presidencia de la Nación

El Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijos.

Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

¿A quién está dirigido?

A mujeres con hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.

En el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado se computa:

  • 1 año de aportes por hijo.
  • 2 años de aportes por hijo adoptado.
  • De forma adicional: 1 año por hijo con discapacidad y 2 años en caso de que hayas sido beneficiario de la Asignación Universal por Hijo por al menos 12 meses.
  • Además, se reconocen los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos.

¿Qué necesito?

DNI.

Partidas de nacimiento de tus hijos.

Si tenés hijos con discapacidad: Certificado de Discapacidad (CUD).

Si tus hijos son adoptados: Sentencia de adopción.

¿Cómo hago?

1

Revisá que tus hijos se encuentren registrados en mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social, ingresando a “Información Personal” > “Datos personales y familiares”.

2

Reuní la documentación requerida.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Información complementaria

Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con la moratoria vigente (Ley 24.476) y con el Plan de Pagos de Deuda Previsional.


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