Presidencia de la Nación

Salud Ocupacional


Registro y Matriculación

A partir del 2023 el trámite de registro y matriculación de los especialistas en medicina del trabajo se realizan, al igual que el resto de las especialidades de profesionales de la salud, a través del link

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la Salud Ocupacional es una actividad multidisciplinaria dirigida a promover y proteger la salud de los/as trabajadores/as mediante la prevención y el control de enfermedades y accidentes y la eliminación de los factores y condiciones que ponen en peligro la salud y la seguridad en el trabajo.

Además procura generar y promover el trabajo seguro y sano, así como buenos ambientes y organizaciones de trabajo realzando el bienestar físico mental y social de los/as trabajadores/as y respaldar el perfeccionamiento y el mantenimiento de su capacidad de trabajo.

A la vez que busca habilitar a los/as trabajadores/as para que lleven vidas social y económicamente productivas y contribuyan efectivamente al desarrollo sostenible, la salud ocupacional permite su enriquecimiento humano y profesional en el trabajo.

Funciones principales

  • Servicio de salud y seguridad en el trabajo del Ministerio de Salud en los términos de la Ley 19587 de higiene y seguridad en el trabajo.
    • Vigilancia de la salud de los/as trabajadores/as.
    • Vigilancia de las condiciones y medio ambiente de trabajo.
    • Asesoramiento, capacitación, información y difusión en materia de salud y seguridad en el trabajo.
    • Seguimiento de los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y de enfermedades relacionadas con el trabajo.
    • Organismo responsable ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo y contralor de las prestaciones brindadas a los/as trabajadores/as.
  • Justificación de licencias médicas de acuerdo con los Decretos 3413/1979, Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.
    • Ministerio de Salud y otros organismos de la Administración Pública Nacional.
  • Certificación de aptitud psicofísica
    • Administración Pública Nacional —3413/1979, artículo 11 inciso c)—.
  • Juntas médicas. Organismo competente de acuerdo con los artículos 134 y 145 del Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional, Decreto 214/2006 para realizar juntas médicas por:
    • capacidad laborativa
    • horario a cumplir
    • cambio de tareas
    • cambio de lugar de trabajo
    • en caso de disenso entre la licencia aconsejada por el/la médico/a tratante del trabajador, trabajadora y por los servicios médicos del organismo de la Administración Pública Nacional de quien dependa.

Ramón Carrillo 489 - C1275AHI - CABA
Teléfonos: 4304-4122/4366 - Fax: 4306-1821.
Conmutador 77002036
Correo electrónico: [email protected]
Horario de atención: lunes a viernes de 9 a 16 horas

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