Preguntas frecuentes - Registro Nacional de Empresas Recuperadas
Consultas
- ¿Cuándo puedo hacer la inscripción?
- ¿Qué pasa si la empresa recuperada está inscripta en otro registro?
- ¿Quién puede realizar la inscripción?
- ¿Qué hago si soy apoderado pero en la página web del TAD no puedo avanzar en la inscripción?
- ¿Ingreso con el CUIT de la persona jurídica?
- ¿Para qué sirve que mi empresa recuperada esté inscripta?
¿Cuándo puedo hacer la inscripción?
En cualquier momento, ya que el registro no tiene fecha de finalización. Se encuentra abierto permanentemente.
¿Qué pasa si la empresa recuperada está inscripta en otro registro?
El ReNaCER no invalida ni es incompatible con otros registros ni programas nacionales, provinciales y/o locales.
¿Quién puede realizar la inscripción?
La inscripción al ReNacER puede hacerla algún integrante de la cooperativa que sea apoderado. Esta condición lo habilita para operar con su clave fiscal personal a nombre de la empresa. La gestión se realiza de manera virtual a través de Trámites a Distancia - TAD a nombre de la persona jurídica, es decir de la cooperativa de trabajo. La empresa recuperada debe estar formalmente constituida y contar con matrícula vigente.
¿Qué hago si soy apoderado pero en la página web del TAD no puedo avanzar en la inscripción?
Esto puede suceder si el poder se encuentra vencido. Para resolverlo ingresá a la pestaña APODERADOS y cambiá la fecha que figura junto a los datos del mismo. Luego, salí de la página y volvé a ingresar para que se actualicen los datos en el sistema.
¿Ingreso con el CUIT de la persona jurídica?
Sí, con los datos de la persona apoderada. Es decir con el CUIT de la persona a cargo.
¿Para qué sirve que mi empresa recuperada esté inscripta?
Para acceder a políticas de formalización y reconocimiento de derechos, tarifas diferenciales y nuevos subsidios, entre otros beneficios. Además brinda información para planificar e implementar políticas públicas específicas para el sector.