Presidencia de la Nación

Zona de privilegio práctica deportiva


La Prefectura Naval Argentina, a través de sus Prefecturas jurisdiccionales establece las zonas habilitadas y prohibidas para las prácticas de deportes náuticos, acorde lo establecido en el Punto 11- Agregado 1- de la Ordenanza N° 1-18 “RÉGIMEN DE LAS ACTIVIDADES NÁUTICO-DEPORTIVAS” de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación.

Las ZONAS DE PRIVILEGIO DE PRÁCTICAS DEPORTIVAS han sido actualizadas y discriminadas; la información se procede a publicar por cada Prefectura de Zona, a fin de obtener una correcta y ordenada interpretación e identificación geográfica de la información.

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