Se procede a la apertura del examen por expiración del plazo de la medida antidumping de “discos de aluminio” originarias de China, sin mantener vigente la medida
DUMPING - APERTURA DE EXAMEN
El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 113/2025, declaró procedente la apertura del examen por expiración del plazo y cambio de circunstancias de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 74 de fecha 26 de febrero de 2020 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, para las operaciones de exportación hacia la República argentina de “Chapas de aluminio sin alear o de aleaciones de aluminio de la Serie 3xxx según norma IRAM 681, de diámetro superior o igual a SESENTA MILÍMETROS (60 mm) pero inferior o igual a MIL MILÍMETROS (1000 mm) y de espesor superior o igual a CERO COMA TRES MILÍMETROS (0,3 mm) pero inferior o igual a CINCO MILÍMETROS (5 mm)”, originarias de China.
La solicitud de revisión de la medida antidumping fue presentada ante la Subsecretaría de Comercio Exterior (SSCE) en el marco del artículo 56° del Decreto N° 1.393/08 en noviembre de 2024, por las firmas LAMINACIÓN PAULISTA ARGENTINA SRL e INDUSTRIALIZADORA DE METALES S.A.
Conforme a los documentos presentados en esta instancia de la investigación, la Autoridad de aplicación consideró procedente el inicio del examen sin mantener vigente la aplicación de la medida establecida en 2020, hasta tanto concluya el procedimiento de examen iniciado.
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