Presidencia de la Nación

Se incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC Nº 25/21 “Reglamento Técnico Mercosur de Registro de Productos Médicos”

La norma se incorpora tras la publicación de la Disposición en el Boletín Oficial correspondiente al Protocolo Ouro Preto del MERCOSUR.

ANMAT informa a profesionales, empresas y a la población en general que se ha incorporado al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC Nº 25/21 “Reglamento Técnico Mercosur de Registro de Productos Médicos” (Derogación de la Resolución GMC N° 40/00) en los términos del Protocolo Ouro Preto del MERCOSUR.

La norma que se incorpora a partir de la Disposición Nº 64/2025 entrará en vigor simultáneamente en los Estados Partes, 30 días después de la fecha de la comunicación efectuada por la Secretaría del Mercosur informando que todos los Estados han incorporado la norma a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos.

La entrada en vigor simultánea de la RES. 25/21 “Reglamento Técnico Mercosur de Registro de Productos Médicos (Derogación de la Resolución GMC N° 40/00)” será comunicada a través de un aviso en el Boletín Oficial de la Nación (cfr. Artículo 40 inciso III del Protocolo de Ouro Preto).

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