Proyecto de ley sobre nuevo régimen de trabajo para personal de casas particulares
El ministro Tomada brindó detalles del proyecto anunciado por la presidenta Cristina Fernández que reemplazará al Estatuto del Personal Doméstico. La nueva normativa se llamará Personal de Casas Particulares, y contempla que los encuadrados en ella gocen de todos los beneficios sociales que corresponden a cualquier trabajador.
En un encuentro con periodistas, el ministro Tomada brindó detalles del proyecto de ley, anunciado por la Presidenta Cristina Fernández durante el acto por el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, para reemplazar al Estatuto del Personal Doméstico por una nueva figura, que pasará a denominarse Personal de Casas Particulares, y contemplará que los encuadrados gocen de todos los beneficios sociales que le corresponden a cualquier trabajador.
Tomada sostuvo que el objetivo del proyecto es “poner en igualdad de condiciones” a ese sector en relación al resto de los trabajadores y agregó que con la iniciativa “estamos atendiendo una situación que no tenía explicación”. El ministro sostuvo que el proyecto de ley “se inscribe en la idea de focalizar el trabajo en los colectivos más vulnerables“, entre los que nombró el trabajo rural y el domiciliario.
Tomada explicó que el proyecto de ley, que consta de 54 artículos, busca “poner en condiciones de igualdad” al personal que se desempeña en casas particulares con el resto de los trabajadores en cuanto a derechos laborales. En ese sentido, subrayó que “esta es una vieja deuda que tenemos con este sector que involucra a cerca de 1 millón de trabajadores, en su mayoría mujeres, y que aún se regía por un antiguo estatuto que imponía condiciones laborales muy humillantes y precarizadas”.
El ministro explicó que la iniciativa del Ejecutivo deroga el “anacrónico y ostensiblemente peyorativo” estatuto instaurado por la llamada Revolución Libertadora a través del decreto ley N°326/56 y se lo sustituye por un nuevo régimen de contrato laboral.
Afirmó además que el nuevo régimen incorpora los principios “más importantes” del Derecho del Trabajo y se adecua a las directivas de los convenios de la OIT y de los tratados y declaraciones internacionales sobre derechos humanos. El ministro explicó que, a diferencia de la norma actual, el nuevo régimen alcanza a todo el universo del personal que se desempeña en casas particulares, sin importar la cantidad de horas trabajadas e independientemente de la modalidad (cama adentro o con retiro), aunque aclaró que los beneficios serán proporcionales a las horas trabajadas.
Entre los puntos principales del nuevo régimen se establece que el empleado gozará de los beneficios de licencia por enfermedad, maternidad o accidentes inculpables, además de vacaciones pagas y asignaciones por maternidad. Se otorga estabilidad en el empleo y protección contra el despido arbitrario y se establece la jornada laboral, limitando su duración diaria y semanal, tal como lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.
Asimismo, garantiza el cumplimiento de descanso semanal de 35 horas continuadas entre sábado y lunes, como así también las pausas laborales diarias de 12 horas entre jornadas, en el caso de personal sin retiro.
Además, las trabajadoras gozarán de cobertura de riesgo de trabajo, en tanto se permitirá el desempeño laboral de jóvenes de entre 16 y 18 años, siempre que esté garantizada la terminalidad educativa, es decir que se encuentre cursando el nivel secundario o que haya finalizado sus estudios.
En tanto, el sistema indemnizatorio por despido arbitrario se ajustará a lo establecido en la Ley de Contrato de Trabajo, además de establecer un piso salarial de acuerdo al salario Mínimo Vital y Móvil.
El proyecto establece un período de 180 días para la registración del personal en situación de informalidad, sin “riesgo de agravamiento indemnizatorio”.
Es importante resaltar el cambio de denominación mencionado para identificar el colectivo laboral que se regula por esta ley, hasta hoy identificado como “domésticos”, como un modo de poner en palabras la voluntad de redignificar el trabajo de quienes aportan un valioso servicio a los hogares argentinos y que son casi en su totalidad mujeres, el 98,5% de quienes se emplean en este sector.
El proyecto revaloriza el rol de la mujer trabajadora y equipara a este colectivo en los límites propios del ámbito singular en el cual se desenvuelven este tipo de relaciones laborales, reconociéndosele derechos de los que carecía y lo que a esta altura del siglo XXI resulta verdaderamente inconcebible y vergonzoso.
El atraso notable en la regulación normativa de este sector laboral tampoco encuentra razón valedera alguna que lo justifique a la luz de la historia legislativa del país y a las características actuales del trabajo en ese sector. Ello importa una deuda social que exige sea saldada de inmediato, más aún cuando en el año en curso el tema del trabajo en el ámbito doméstico será objeto de análisis en la 99° Conferencia Internacional del Trabajo (OIT) en junio de 2010, encuentro al que la Argentina debería asistir con una nueva y moderna legislación acorde con los avances que nuestro Gobierno ha concretado en otras áreas del Derecho Social.
Las trabajadoras y trabajadores de casas particulares son ciudadanos y ciudadanas que prestan un servicio, y merecen y deben ser alcanzados por normas protectorias ajustadas a los principios generales del derecho laboral argentino dentro de una política social inclusiva, como se viene impulsando desde mayo de 2003.
Martes 9 de marzo de 2010.