Presidencia de la Nación

Padrón de deuda comercial por importaciones

Herramienta diseñada para transparentar la deuda del sector y facilitar su cancelación

El Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), lanzado esta semana a través de una resolución conjunta de la AFIP y la Secretaría de Comercio, incluyó la creación del Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior, diseñado para contar con información actualizada de la deuda comercial de los importadores con proveedores del exterior.

Los importadores que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes o de servicios tienen hasta el 24/01/2024, inclusive, para informar en el Padrón su deuda acumulada. La información allí consignada tendrá carácter de declaración jurada y será vinculante.

El registro de deuda también está abierto para quienes, habiendo tenido deuda con proveedores del exterior, hayan logrado cancelarla mediante otros mecanismos que no implican el giro de divisas. De este modo queda asentado el cumplimiento total de las obligaciones de pago asociadas a esas operaciones.

Los sujetos que, teniendo pasivos comerciales por importaciones, no efectúen la correspondiente declaración en el Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior en tiempo y forma —o bien, falseen o adulteren la información allí vertida— no podrán acceder a los mecanismos de cancelación disponibles, quedando su deuda sujeta a una ulterior evaluación, una vez regularizada la situación.

Más información: www.afip.gob.ar/sedi

Resolución General Conjunta N° 5466/2023 Resolución General Conjunta N° 5478/2024 AFIP - SECRETARÍA DE COMERCIO

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