Presidencia de la Nación

Operaciones de concentración económica aprobadas en el segundo trimestre de 2023

La CNDC aprobó sin condicionamientos cuatro operaciones a lo largo de los últimos tres meses

En abril, mayo y junio de 2023, la CNDC y la Secretaría de Comercio aprobaron sin condicionamientos las siguientes operaciones de concentración económica:

1) La empresa Cross Capital S.A. adquirió el 100% del capital social de Patagonia Assets Ltd. y el 5,62% de Patagonia Energy S.A.: El grupo económico adquirente se dedica a actividades de inversión financiera e inmobiliaria y de explotación agropecuaria, mientras que la empresa objeto se dedica a la exploración y explotación de hidrocarburos, por lo que la operación no da lugar a relaciones económicas de tipo horizontal o vertical, siendo clasificada como de conglomerado. La CNDC dictaminó que se trata de una operación que no despierta preocupación desde el punto de vista de la competencia, siendo aprobada el 12 de abril por medio de la Resolución SC N° 393.

2) La empresa Cartelone Energía y Concesiones S.A. adquirió el 46% del capital social de la firma Líneas de Transmisión del Litoral: Si bien las empresas involucradas participan de distintos eslabones del mercado eléctrico, la operación implicó un cambio de naturaleza de control de conjunto a exclusivo sobre la empresa objeto, por lo que no generó relaciones horizontales ni verticales, siendo aprobada el 19 de abril por medio de la Resolución SC N° 494.

3) La empresa Aramco Overseas Company B.V. adquirió el control exclusivo de la firma VGP Holdings LLC, que en Argentina implica la toma de control de la empresa Valvoline Cummins Argentina S.A. y los productos que comercializa Valvoline International Inc: La operación da lugar a relaciones horizontales en el mercado de lubricantes que no revisten ninguna preocupación desde el punto de vista de la competencia, por lo que fue aprobada el 15 de mayo por medio de la Resolución SC N°893.

4) La empresa HCI S.A. transfirió a favor de la empresa City Center Iguazú S.A., el fondo de comercio del Casino de Iguazú y salas anexas dentro del municipio de Puerto Iguazú y zonas aledañas a Cataratas de la provincia de Misiones, la sala de juegos del Hotel Panoramic, y las salas de máquinas de juego de azar clase a y clase b dentro del Departamento de Iguazú, con excepción del municipio de Puerto Iguazú, provincia de Misiones: Si bien, en función de las actividades desarrolladas por el grupo adquirente y el fondo de comercio transferido, la operación genera relaciones horizontales en el servicio de operación de salas de juego y casinos, la CNDC no encontró efectos que revistieran una preocupación en materia de competencia en dichos mercados, por lo que fue aprobada el 1 de junio por medio de la Resolución SC N° 1010.

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