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Los Organismos Multilaterales de Crédito son incorporados como Entidades de Garantía

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso hoy, mediante la RG N° 1013, que los Organismos Multilaterales de Crédito puedan actuar en calidad de garantes de los instrumentos del mercado de capitales.

Esta normativa establece que los citados organismos se agregarán a las Entidades de Garantía (entidades financieras, SGRs y fondos de garantías), contenidas en el artículo 1° de la Sección I del Capítulo VII del Título II de las Normas (N.T. 2013 y mod.), a fin de ampliar y diversificar la oferta de avalistas, potenciando el financiamiento de las Pymes y el desarrollo de los instrumentos de dicho mercado.

Los Organismos Multilaterales de Crédito, en virtud de su solidez financiera y carácter internacional, son actores claves en el financiamiento de proyectos en el país.

Además, cuentan con la capacidad y experiencia necesaria para actuar como garantes, y su inclusión en la Nómina de Entidades Habilitadas para Garantizar Instrumentos en el Mercado de Capitales ayudará a promover un entorno más favorable para las inversiones. En esta línea, el BID Invest ya ha manifestado su voluntad de actuar en dicho carácter.

Por último, teniendo en cuenta, la calidad de Estado parte, miembro o firmante de la República Argentina en relación con estos Organismos Multilaterales de Crédito, la normativa simplifica los requisitos exigibles para su registración.

RG 1013 (B.O. 16-08-24)

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