La documentación que necesitás para viajar con tu mascota a la Unión Europea
Si tenés pensado viajar a un país de la UE con tu perro o gato necesitás contar con el Certificado Veterinario Internacional (CVI) que emite el Senasa.
Buenos Aires - El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) realiza la certificación sanitaria de los gatos y/o perros que viajen con sus dueños al exterior por cualquier vía –aérea, terrestre o acuática–.
Para obtener el CVI en primer lugar los usuarios deben consultar los requisitos que solicita la Unión Europea a través de la página web del Senasa.
Requisitos para viajar con perros y gatos:
- Certificado de Salud (ejemplar original).
- Certificado de Vacunación Antirrábica (ejemplar original y una fotocopia).
- Constancia de la identificación del animal (ejemplar original y una fotocopia).
- Declaración escrita confeccionada por propietario / persona designada (Ejemplar original y una fotocopia –parte 1 y parte 3 del Reglamento de Ejecución [UE] N° 577/2013–).
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad / Pasaporte del propietario, responsable o persona que viaje con el animal.
Solo para perros, como requisito adicional si se viaja a Finlandia, Reino Unido, Irlanda, Malta o Noruega:
- Constancia de tratamiento contra Echinococcus multilocularis (Ejemplar original y una fotocopia).
- Declaración (Ejemplar original y una fotocopia).
La Unión Europea solicita que, tanto para perros como para gatos, deben estar identificado por un implante electrónico, mediante el uso de microchips o tatuaje.
“Deben ser compatibles con las Normas ISO Nº 11784 o 11785 y en caso de tatuaje deberá ser claramente visible y haberse colocado antes del 3 de julio de 2011. La implantación del microchip la realiza el veterinario privado matriculado”, sostuvo Miriam Suárez de la Dirección de Comercio Exterior Animal. “Es importante recalcar que la fecha de aplicación de la vacuna antirrábica debe ser posterior a la fecha de implantación del microchip o tatuaje”, agregó.
Después, los usuarios deben dirigirse a su profesional veterinario privado y solicitar la documentación detallada anteriormente. La misma debe ser presentada en el Senasa, trámite que puede iniciarse por autogestión (indicar el destino, los datos del dueño y de la mascota y sacar un turno –con fecha y hora– para finalizar el trámite con la emisión del CVI) o completamente de manera presencial en las oficinas certificantes del organismo en todo el país.
En la actualidad se puede finalizar el trámite iniciado por autogestión en las siguientes ubicaciones: la oficina del Lazareto Capital, el Aeroparque Jorge Newbery (también sábados por la mañana), la Terminal portuaria de Buquebús (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), los aeropuertos de San Fernando y El Palomar de la provincia de Buenos Aires, y las oficinas del Senasa en las provincias de Córdoba y Santa Fe.
Para tener en cuenta al viajar hacia la UE
- El propietario debe concurrir a la oficina certificante del Senasa con el perro o gato, dado que se debe verificar el microchip.
- El CVI debe tramitarse en la oficina del Senasa 10 días antes del viaje.
- El CVI otorgado por el Senasa tiene una vigencia de 60 días, solo para amparar el retorno del animal hacia la Argentina, siempre que conserve vigencia la vacunación contra rabia y el buen estado de salud del animal.
Para obtener más información los interesados pueden contactarse con la Mesa de Ayuda para mascotas a través del teléfono (011) 4121 – 5000 o consultar el trámite en la página web del Senasa.
Información general y videos para viajar al exterior con mascotas.