La CNV modificó el régimen de Fondos Comunes de Inversión Abiertos Money Market
Mediante la RG CNV N° 1038, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó el Régimen de Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos de Mercado de Dinero (Fondos Money Market).
La medida dispuso una diferenciación entre Fondos Comunes de Mercado de Dinero Clásicos y Dinámicos.
Se establece que los Fondos que se ofrezcan al público inversor como Fondos de Dinero Clásicos contarán con una limitación del VEINTE POR CIENTO (20%) del patrimonio neto del Fondo respecto de adquisición de títulos representativos de deuda menores de UN (1) año, que no resultará de aplicación para los Fondos Dinámicos a los que se les seguirá aplicando el porcentaje del CIEN POR CIENTO (100%).
Asimismo, se prevé que los Reglamentos de Gestión incorporen un acápite especial detallando consideraciones de riesgo distintivas en función del tipo de Fondo respectivo.
Por último, se establecen disposiciones transitorias en relación a los FCI que se encuentren en funcionamiento al momento del dictado de la medida, contemplando un plazo de adecuación de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos contados a partir de su publicación.
La iniciativa tiene por objetivo promover mejoras regulatorias destinadas a garantizar una adecuada protección de los inversores, basadas en la claridad y precisión necesarias al informar los objetivos y la política de inversión que distinguen a estos instrumentos sobre todo los Money Market clásicos donde debe estar muy acotada la posibilidad de sufrir cualquier pérdida de capital.