Presidencia de la Nación

Investigación de mercado sobre las condiciones de competencia en terminales aeroportuarias

La CNDC realizó una investigación de mercado sobre las condiciones de competencia en el almacenamiento y logística de cargas en terminales aeroportuarias.

De acuerdo con el análisis efectuado, el transporte aéreo de carga requiere necesariamente del acceso a la infraestructura aeroportuaria que es el lugar físico dentro de un aeropuerto donde se recibe, clasifica, prepara, manipula, consolida/desconsolida y almacena en depósitos fiscales la carga de importación y exportación que entra o sale por avión.

En el aeropuerto internacional de Ezeiza –desde donde entra y sale más del 90% de la carga transportada por avión del país–, los servicios de terminales de carga son prestados por Aeropuertos Argentina 2000 S.A., a través de su unidad de negocios Terminales de Carga Argentina (TCA). Esto es así en atención al contrato de concesión existente entre el Estado Nacional y AA2000 que le otorga a la empresa el monopolio de la explotación del aeropuerto, incluido el negocio de cargas.

En efecto, toda la carga que entra o sale del aeropuerto debe obligatoriamente utilizar las instalaciones de TCA. En consecuencia, la terminal de cargas puede ser catalogada como una facilidad esencial o “cuello de botella”, pues se trata de un insumo indispensable e ineludible para la prestación de dichos servicios, y duplicar o sustituir este insumo no es factible desde una perspectiva legal o económica. Por lo tanto, la CNDC observó algunas cuestiones relativas a la eficiencia en la operación de la terminal y al sistema de precios de los distintos servicios cobrados que han tenido impacto en sus usuarios. El carácter de facilidad esencial de TCA facilita esas prácticas, porque los usuarios no pueden dejar de contratar sus servicios.

Sobre la base del análisis realizado, la CNDC recomendó al Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) evaluar la factibilidad y conveniencia de permitir que existan múltiples terminales de carga en el ámbito del aeropuerto internacional de Ezeiza para que compitan entre sí. Asimismo, se indicó que para el caso de que se decida mantener la operación monopólica de la terminal de cargas, se establezca una regulación de los servicios que contemple el proceso de fijación, modificación y aprobación de las tarifas cobradas por los servicios de cargas aéreas y depósitos fiscales, la definición y control de los estándares de calidad del servicio y las funciones y obligaciones del ORSNA en cada caso.


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