Presidencia de la Nación

Fueron designados los integrantes de la Unidad de Clemencia

Tal como establece el Reglamento para la Ejecución del Programa de Clemencia recientemente aprobado, las autoridades de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia designaron a las personas que conformarán la Unidad de Clemencia

El pasado 28 de mayo, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución SIyC 98/2024, por medio de la cual la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía aprobó el Reglamento para la Ejecución del Programa de Clemencia elaborado por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).

El reglamento precisa las etapas, el procedimiento y los requisitos que debe cumplir una persona humana o jurídica que haya incurrido, o esté incurriendo, en una de las conductas de las enumeradas en el artículo 2º de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia (LDC) para acogerse y obtener el beneficio de exoneración o reducción de la sanción correspondiente, según se encuentra previsto en los artículos 60 y 61 de la LDC y su normativa complementaria.

Asimismo, el reglamento contempla la conformación de un equipo de trabajo denominado «Unidad de Clemencia» (UC), que estará encargada de recibir y procesar las solicitudes de clemencia en su etapa inicial. Tal como lo establece el reglamento, la UC debe ser conformada por la CNDC dentro de sus actuales recursos, considerando que, sus integrantes deben tener independencia de la Dirección Nacional de Conductas Anticompetitivas, de la Dirección Nacional de Concentraciones Económicas y no estar ejerciendo como autoridad de la CNDC y, por lo menos uno de los agentes afectados a la UC debe contar con rango de Director Nacional, quien tendrá a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos vinculados con la implementación y ejecución del mentado reglamento.

En virtud de lo previsto por el Capítulo VIII de la LDC y lo establecido en el reglamento mencionado, las autoridades de la CNDC, por medio de la Disposición 57/2024, designaron a las personas afectadas a la UC. Catalina Aldama, quien reviste actualmente el cargo de Directora Nacional de Promoción de la Competencia, estará a cargo de la Unidad, siendo asistida por Rafael Lobos, Ana Julia Parente, Germán Zamorano, cuyos nombramientos como Director General de Estudios Económicos y Legales, Directora de Estudios Legales y Director de Promoción de la Competencia, respectivamente, se encuentran en trámite, así como también por Mariana Bermúdez, quien se desempeña como asistente en la Dirección Nacional de Promoción de la Competencia, y que tendrá a su cargo las tareas de soporte tecnológico y administrativo.

Tal como establece el artículo 3° de la Resolución SIyC 98/24, los agentes que conformen la UC están comprometidos a guardar la máxima reserva y secreto sobre los datos e información a la que accedan en virtud de las funciones encomendadas, a utilizar dicha información sólo para el fin específico al que se la ha destinado, a no comunicar o hacer pública la información no clasificada como “pública” y a observar y adoptar cuantas medidas de seguridad sean necesarias para asegurar la confidencialidad, secreto e integridad de los datos e información. Esta obligación de reserva y confidencialidad continuará vigente aún después de ser desafectados de la conformación de la citada Unidad.

Se recuerda que, tanto las personas humanas como jurídicas que hayan incurrido o estén incurriendo en una conducta concertada tipificada en el artículo 2 de la LDC; es decir, en las prácticas comúnmente conocidas como cárteles de núcleo duro —acuerdos para fijar precios, restringir la oferta, repartirse el mercado o coordinar posturas en licitaciones, concursos o subastas— pueden aplicar al Programa de Clemencia.

El Programa de Clemencia permite al solicitante beneficiarse de la exoneración, o bien, de la reducción de la sanción, la cual puede ascender a multas de hasta el 30% de la facturación de las empresas infractoras en Argentina. El acogimiento a dicho beneficio requiere de una colaboración continua con la CNDC por parte del solicitante, aportando información y evidencia que permita al organismo probar la existencia y el funcionamiento del cártel.

Para realizar consultas sobre la disponibilidad de marcadores u otras consultas generales sobre el Programa de Clemencia, se puede escribir a la siguiente dirección de correo: [email protected].

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