Presidencia de la Nación

ANDIS modificará la Resolución 187/2025

El 16 de enero del corriente año, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 187/2025. Dicha normativa incluyó un anexo con términos que, históricamente, se han utilizado en la medicina psiquiátrica para describir grados profundos de déficit intelectual, pero que, en la actualidad, han sido discontinuados.

Desde la ANDIS queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta.

La Resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5). Es importante aclarar que esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación.

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) reafirma su compromiso con un sistema de evaluación justo, transparente y basado en criterios médicos y en un análisis integral de la situación socioeconómica de las personas, que garantice que las pensiones no contributivas por invalidez laboral sean otorgadas a quienes realmente las necesitan.

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