Presidencia de la Nación

RESOLUCION 15/XIX

Uso de puertos que no han puesto en marcha el Sistema de Documentación de la Captura de Dissostichus spp.

Especies

Austromerluza

Areas

Todas

Temporadas

Todas

Artes

Todos

La Comisión,

Observando que varios Estados adherentes y Partes no contratantes que no participan en el Sistema de Documentación de Capturas de Dissostichus spp. dispuesto en la Medida de Conservación 10-05, continúan comercializando Dissostichus spp.; y

Reconociendo que estos Estados adherentes y Partes no contratantes no participan en los procedimientos de desembarque de Dissostichus spp. con la documentación correspondiente; exhorta a las Partes contratantes,

1. A disuadir a los barcos de su pabellón que hayan sido autorizados a pescar Dissostichus spp. para que no desembarquen en puertos de los Estados adherentes o de las Partes contratantes que no están aplicando el Sistema de Documentación de Capturas de Dissostichus spp cuando no puedan proporcionar un funcionario autorizado del Estado del pabellón para que vigile el desembarque a fin de certificar la documentación de captura de Dissostichus.

2. A adjuntar una lista de todos los Estados adherentes y Partes no contratantes que tienen en marcha el Sistema de Documentación de Capturas, a la autorización de pesca.

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